Sentencia de Corte Centroamericana de Justicia, 13-03-2002 (Expediente Nº 30-10-18-07-2000)

Fecha13 Marzo 2002
Número de expediente30-10-18-07-2000
Tipo de procesoConsultivo
EmisorCorte Centroamericana de Justicia (Nicaragua)
Expediente No. 10-18-7-2000
CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA, Managua, Nicaragua,
Centroamérica, a las once horas del día trece de marzo del año dos mil dos.
Vistos para resolver los escritos de solicitud de consulta y ampliación de la misma,
presentados en este Tribunal por el Licenciado Eduardo Montealegre R., Ministro de
Relaciones Exteriores de la República de Nicaragua, a las nueve horas del tres de
marzo y a las once horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de abril
respectivamente, ambos del año dos mil.
I
RESULTA:
El peticionario en su escrito del tres de marzo del año dos mil “solicita a la
Honorable Corte Centroamericana de Justicia, su opinión si es jurídicamente
procedente que dicha Secretaría (Secretaría de Integración Económica
Centroamericana SIECA) se pronuncie sobre un supuesto incumplimiento de los
instrumentos de integración regional atribuible a un Estado comunitario, cuando
dicho asunto ha sido sometido al conocimiento del Organo Jurisdiccional del
Sistema y se encuentra pendiente de fallo judicial” (fs. 1-2).
No obstante no hacer mención a ello, agregó fotocopia de una nota de fecha 17 de
enero del año dos mil, suscrita por el Secretario de la SIECA, Licenciado Haroldo
Rodas Melgar, la cual es en respuesta a los oficios S-966-99 y S-010-2000 del
Ministro de Industria y Comercio de la República de Honduras, Doctor Reginaldo
Panting que hace referencia a la Ley No. 325 denominada “Ley creadora de
impuesto a los bienes y servicios de procedencia u origen hondureño y colombiano”
aprobada por la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua el día seis de
diciembre de mil novecientos noventa y nueve, expresando opinión sobre la forma
en que debe interpretarse para el subsistema la Ley antes referida. (fs 3-4)
II
RESULTA:
El solicitante en su escrito de ampliación del catorce del abril del año dos mil
manifestó entre otras cosas que con fecha diecisiete de enero del mismo año, la
Secretaría de Integración Económica Centroamericana SIECA- vertió opinión en
relación a la Ley No. 325 mencionada en el Resulta anterior no obstante estar
pendiente de fallo la demanda interpuesta el día seis de diciembre de mil

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