Sentencia de Corte Centroamericana de Justicia, 14-08-2008 (Expediente Nº 77-04-31-10-2006)

Número de expediente77-04-31-10-2006
Fecha14 Agosto 2008
Tipo de procesoContencioso
EmisorCorte Centroamericana de Justicia (Nicaragua)
1
Expediente No. 4-31-10-2006
CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA. Managua, Nicaragua,
Centroamérica, siendo las cinco de la tarde del día catorce de agosto del año
dos mil ocho. VISTO para dictar sentencia en el juicio por demanda entablada
por el Abogado Carlos Rodríguez Aguilar, en carácter de apoderado judicial
de Mercedes Santos, María Candelaria, Joaquín Mauro y Manuel Antonio,
todos de apellido Calderón Castro, en contra del Estado de El Salvador, por
supuesto irrespeto a fallos judiciales y por daños y perjuicios, los que estima
en millón y medio de dólares. Concurren a la votación de la sentencia los
Magistrados Francisco Darío Lobo Lara, Presidente, Carlos Guerra Gallardo,
Vicepresidente, Alejandro Gómez Vides, Ricardo Acevedo Peralta, Silvia
Rosales Bolaños y Jorge Ramón Hernández Alcerro. RESULTA (I): La parte
demandante expuso sus pretensiones, en lo medular, de la manera siguiente:
Que sus representados fueron nombrados herederos definitivos de la señora
María Mercedes Zúñiga, siendo el caso que a esta última señora le fue vendida
una casa situada en la localidad de Santo Tomás, por escritura pública
otorgada el catorce de octubre de mil novecientos ochenta y cinco, por el
doctor Luis Salvador Peña, quien era Juez de lo Civil de la ciudad de
Zacatecoluca, inscribiéndose dicha venta bajo el número cuarenta y cinco del
libro tres mil ciento cincuenta y cinco del Registro de la Propiedad del
Departamento de San Salvador, no obstante que en la escritura original el
Notario omitió la frase “le vende y hace tradición”. Anteriormente, el
mencionado doctor Peña vendió la misma casa al señor Francisco Portillo, por
escritura pública otorgada el nueve de mayo de mil novecientos ochenta y tres,
haciéndole tradición del inmueble vendido, aunque dicha escritura no fue
inscrita porque el mismo doctor Peña la retiró sin inscribirla de la oficina
registral correspondiente. RESULTA (II): Continúa manifestando el
demandante que en vista de la doble venta antes relacionada, el señor
Francisco Portillo compareció ante Notario el veintiocho de enero de mil
novecientos ochenta y siete y ratificó la venta de cosa ajena a favor de la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR