Decreto, Ley creadora de las comisiones nacionales agropecuarias
LEY CREADORA DE LAS COMISIONES NACIONALES AGROPECUARIAS
Decreto No. 347
Publicado en La Gaceta No. 85 de 6 de Mayo de 1988
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades,
Decreta:
La siguiente:
"LEY CREADORA DE LAS COMISIONES NACIONALES AGROPECUARIAS"
Arto. 1.-
Créanse las Comisiones Nacionales Agropecuarias como organismos consultivos de concertación y coordinación en el ámbito del Sector Público Agropecuario.
Arto. 2.-
Para el cumplimiento del Artículo precedente, se formarán Comisiones en aquellos rubros que por su importancia y complejidad en la producción así lo requieren y serán las siguientes:
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Comisión Nacional del Algodón.
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Comisión Nacional del Café.
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Comisión Nacional de Ganadería.
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Comisión Nacional del Arroz.
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Comisión Nacional del Sorgo.
Facúltase al Ministro de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria, para que mediante Acuerdos Ejecutivos Ministeriales pueda crear otras Comisiones Nacionales Agropecuarias a las cuales les será aplicable lo dispuesto en la presente Ley.
Arto. 3.-
Las Comisiones Nacionales Agropecuarias serán de duración indefinida y tendrán personalidad jurídica propia. La sede de las Comisiones será la ciudad de Managua, pudiendo establecer Oficinas dentro y fuera de la República de Nicaragua.
Arto. 4.-
Serán funciones y atribuciones de las Comisiones Nacionales Agropecuarias las siguientes:
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Investigar y estudiar el proceso de producción y comercialización de cada rubro específico y elaborar y publicar recomendaciones que resulten de dichas investigaciones y estudios.
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Participar en el proceso de formulación de los programas anuales de producción e inversiones para el rubro.
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Velar por la puesta en ejecución de las regulaciones técnicas aprobadas de conformidad con las resoluciones del Ministerio de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria, para la producción agrícola o ganadera y el procesamiento agroindustrial en el rubro correspondiente, tales como zonas de cultivo, fechas y métodos de siembra, prácticas agronómicas y de conservación, aspectos genéticos, normas técnicas de calidad y procedimientos en los procesos agroindustriales, etc.
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Coordinar la actividad de las diferentes instituciones del Estado relacionadas con la actividad agropecuaria, en lo que refiere a políticas y medidas que inciden sobre el rubro correspondiente.
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Identificar los problemas y obstáculos que a lo largo del ciclo afecten el desarrollo eficiente de las labores agropecuarias correspondientes al...
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