Decreto, Se declará nulidad absoluta de acuerdos presidenciales, resoluciones de la cornap y traspasos de la propiedad
(SE DECLARÁ NULIDAD ABSOLUTA DE ACUERDOS PRESIDENCIALES, RESOLUCIONES DE LA CORNAP Y TRASPASOS DE LA PROPIEDAD)
DECRETO No. 69-98.
Aprobado el 28 Octubre 1998.
Publicado en La Gaceta No. 220, del 17 Noviembre 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
POR CUANTO:
I
Por Acuerdo Presidencial No.
157-95,
de 23 de junio de 1995, de "APROBACIÓN DEL TRASPASO DE BIENES A LA COMISIÓN NACIONAL GANADERA DE NICARAGUA", se aceptó la propuesta presentada por la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), contenida en Resolución No. CCLXXVI-11, autorizándose en consecuencia, la devolución y entrega en compensación a la "COMISIÓN NACIONAL GANADERA DE NICARAGUA", de la participación social que el antiguo INSTITUTO DE FOMENTO NACIONAL (INFONAC) y la Asociación Asganic tenían en la Empresa IFAGAN (Matadero Modelo), cuyo patrimonio estaba compuesto básicamente por lo siguiente: Instalaciones de Matadero, Módulo en el Centro Comercial Linda Vista, Cuartos Fríos en Corinto y Acciones en PORLACSA, facultándose a la referida Junta General de la CORNAP para que "en los términos contenidos en la referida propuesta, realice los actos necesarios y conducentes para la l
egalización de dicho traspaso,
efectuando las negociaciones, delegaciones y designaciones que sean pertinentes para la formalización del traspaso a que se refiere el Artículo 1 de este Acuerdo"; autorizándose "al Procurador General de Justicia para
subsanar omisiones,
y a comparecer ante Notario Público en cualquier acto a que se refiere el presente Acuerdo, donde se requiera su intervención, a fin de firmar los documentos pertinente".
II
Por Acuerdo Presidencial No
. 158-95,
del mismo 23 de Junio de 1995, de "AUTORIZACIÓN PARA
PRIVATIZACIÓN
DEL LOCAL DEL CENTRO COMERCIAL DE MANAGUA", se hizo primeramente referencia a que "el Estado, a través de CORNAP, controlaba y administraba bienes que en la década pasada le fueron afectados a los ganaderos representado en aquel entonces en la Asociación Asganic, consistiendo básicamente dichos bienes en: "el Centro Comercial Managua; el 50% de participación social en la Empresa IFAGAN; un terreno frente al Hotel Intercontinental y acciones de PROLACSA" y después se aprobó en dicho Acuerdo "la propuesta presentada por la JUNTA GENERAL DE CORPORACIONES NACIONALES SECTOR PÚBLICO (CORNAP), contenida en Resolución No. CCLXXVI-5, y en consecuencia, se autorizó la "PRIVATIZACIÓN DE LOS BIENES DEL ESTADO A QUE HACE REFERENCIA LA MENCIONADA RESOLUCIÓN" (que son los mismos bienes anteriormente especificados), habiéndose también facultado en el mismo Acuerdo a la mencionada Junta General de CORNAP "para que en los
términos contenidos en la nominada propuesta, lleve a cabo los actos necesarios y conducentes para la
legalización
de dicho traspaso, efectuando las negociaciones, delegaciones, designaciones y demás actos y trámites necesarios y conducentes para este efecto. Se ratifica lo ya actuado o adelantado al respecto. Se facultó también en dicho Acuerdo a la Junta General de CORNAP para que "ceda en compensación a la correspondiente Asociación de Ganaderos, agrupados en la Comisión Nacional Ganadera de Nicaragua, "CONAGAN", los créditos a recibir de parte de la Sociedad Inversiones Comerciales, Sociedad Anónima "ICSA", por la venta del local donde está ubicado el Centro Comercial Managua, habiéndose autorizado "desde ahora al Procurador General de Justicia
para subsanar omisiones,
y a comparecer ante Notario Público en cualquier acto a que se refiera el presente Acuerdo, donde se requiera su intervención, a fin de firmar los documentos pertinentes".
III
Por Escritura Pública No. 31, autorizada por el Notario, Dr. Armando Picado Jarquín a las 9:30 a.m. del 24 de Agosto de 1995, el entonces Procurador General de Justicia, Dr...
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