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EtapaRedacción de texto
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 7919
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURIDICA A LA
FUNDACION LOS ANGELES, “ONG FONGELS”
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACION LOS ANGELES,
pudiendo abreviarse y conocerse públicamente con las siglas de “ONG
FONGELS”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la
ciudad de Managua, Departamento de Managua, Republica de Nicaragua.
Artículo 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que
determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Artículo 3 La FUNDACION LOS ANGELES, estará obligada al cumplimiento de la
Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes
de la República.
Artículo 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la
República de Nicaragua, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
Lic. Iris Marina Montenegro Blandón
Presidenta por la Ley
Asamblea Nacional
Lic. Alba Azucena Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional

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