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EtapaRedacción de texto
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 7120
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURIDICA A LA ASOCIACIÓN DE PERSONAS
CON DISCAPACIDAD “UNIDOS POR EL BIEN COMUN” con siglas ASOPEDUBIC.
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
“UNIDOS POR EL BIEN COMUN” con siglas ASOPEDUBIC; sin fines de lucro, de duración
indefinida y con domicilio en la Ciudad de León, Municipio de León, Departamento de León,
República de Nicaragua.
Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su
Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3 La ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD “UNIDOS POR EL BIEN
COMUN” con siglas ASOPEDUBIC; estará obligada al cumplimiento de la Ley General
sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta,
Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de
Nicaragua, a los doce días del mes de febrero del año dos mil trece.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Lic. Alba Palacios Benavidez
Secretaria de la
Asamblea Nacional

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