INICIATIVA NO. 20116701. "RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE RECHAZA EL INFORME FINAL DE LA MISIÓN RAMSAR DE ASESORAMIENTO NO. 69"

Etapainitial bill

Managua, 20 de enero del 2011
CMARN-AN-FJJU-001-01-10

Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.-


Estimado Dr. Navarro Moreira:


En mi calidad de Presidente de la Comisión del Medio Ambiente y Recursos Naturales, me dirijo a Usted para remitir la iniciativa de “Resolución Legislativa que Rechaza el Informe Final de la Misión RAMSAR de Asesoramiento Nº 69”, para su correspondiente trámite de Ley.

Sin más a que referirme, le saluda muy cordialmente,






Francisco Javier Jarquín Urbina
Presidente












C.c. archivo



Managua, 20 de Enero del 2011



EXPOSICION DE MOTIVOS



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Ingeniero:


Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los artículos 138, numeral 1 y 140 inciso 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los artículos 14, inciso 2 y 4, 78, 89 y 90 de la Ley No. 606, "Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua", presentamos la iniciativa de "Resolución Legislativa que rechaza el Informe Final de la Misión RAMSAR de Asesoramiento No. 69”, para su debido trámite.


INTRODUCCION

Como es del conocimiento de todo el pueblo de Nicaragua, el Gobierno de la República de Costa Rica demandó a Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por la implementación y ejecución del Proyecto de Mejoramiento a la Navegación en el Río San Juan de Nicaragua, impulsando una serie de acciones en apoyo a la solicitud planteada ante la CIJ. Dentro de esas acciones Costa Rica solicitó una Misión RAMSAR de Asesoramiento (MRA 69), la que se realizó del 27 de Noviembre al 1 de diciembre del 2010 y como resultado de la misma fue presentado el denominado Informe Final Misión RAMSAR de Asesoramiento No. 69, el día 3 de Enero del 2011.


Ante esta situación las autoridades ambientales, científicos y especialistas, así como, las Universidades, organizaciones de la sociedad civil y grupos ambientalistas de nuestro país, entre estos las organizaciones que integran el Foro Nacional de Reciclaje y el Grupo Ad Hoc de Observación Ambiental, se dieron a la tarea de revisar y analizar el mencionado Informe Final, mediante el ejercicio comparativo del Documento de Impacto Ambiental del Proyecto de Mejoramiento a la Navegación en el Río San Juan de Nicaragua, la Resolución Ministerial No. 38-2008 que otorgó el Permiso Ambiental para la ejecución del Proyecto, el Informe de la Misión Técnica de Observación Ambiental que visito in situ el territorio y el Informe Final de la Misión Ramsar de Asesoramiento No. 69.

El Grupo Ad Hoc de Observación Ambiental visitó la zona en mención entre el 17 y 20 de Noviembre para observar in situ la situación y los hechos de forma presencial y construir así opinión calificada de las acciones del dragado realizadas hasta esa fecha y del estado de la naturaleza en el sitio de intervención, esto con el fin de contribuir con un testimonio objetivo e imparcial basado en criterios científico técnicos verificables, y poner esta información al alcance y consideración de la ciudadanía y de las autoridades competentes en esta materia.

Los resultados de la visita del Grupo Ad Hoc señalan en su informe, el haber encontrado evidencia de afectaciones ambientales limitados en el territorio nicaragüense como impacto directo de las obras. No se encontraron afectaciones visibles sobre territorio extranjero que pudieran ser observados durante el recorrido realizado, y que fueran atribuibles al dragado mecánico ni a la rehabilitación manual del primer caño que llega a Harbour Head desde el Río San Juan.

Las consideraciones legales se establecen en que el Proyecto de Mejoramiento a la Navegación en el Río San Juan de Nicaragu,a se encuentra amparado por la aplicación de la legislación existente, bajo la cual se
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