NULL

EtapaRedacción de texto
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 8123
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURIDICA A LA
FUNDACION NICARAGUENSE PARA LA AYUDA HUMANA, FUNAH
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACION NICARAGUENSE PARA
LA AYUDA HUMANA, a la que podrá identificarse con las siglas FUNAH;
sin fines de lucro, de duración indefinida y su domicilio será en el Municipio
de Ciudad Sandino, Departamento de Managua.
Artículo 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que
determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Artículo 3 La FUNDACION NICARAGUENSE PARA LA AYUDA HUMANA, a la que
podrá identificarse con las siglas FUNAH; estará obligada al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás
Leyes de la República.
Artículo 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación
en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la
República de Nicaragua, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.
Lic. Iris Marina Montenegro Blandón
Presidenta por la Ley
Asamblea Nacional
Lic. Alba Azucena Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR