Etapa | Redacción de texto |
Ley No. 699
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El Presidente de la República de Nicaragua
A sus habitantes, Sabed:
Que,
CONSIDERANDO
I
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
LEY DE REFORMAS Y ADICIÓN A LEY No. 626, “LEY QUE CREA LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA CUENCA HÍDRICA DEL
LAGO COCIBOLCA Y DEL RÍO SAN JUAN”
Primero Se reforma el nombre de la Ley No. 626, “Ley que Crea la Comisión de Desarrollo Sostenible de la Cuenca Hídrica del Lago Cocibolca y del Río San Juan”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 159 del 21 de agosto del 2007 el cual se leerá así:
- “LEY QUE CREA LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA CUENCA HÍDRICA DE LOS LAGOS APANÁS, XOLOTLÁN Y COCIBOLCA, Y DEL RÍO SAN JUAN”
Segundo Se reforma el artículo 1 de la Ley No. 626, el que se leerá así:
-
“Artículo 1 Créase la Comisión de Desarrollo Sostenible de la Cuenca Hídrica de los Lagos Apanás, Xolotlán y Cocibolca, y del Río San Juan, la que es conocida como Cuenca 69 Río San Juan, con el fin de coordinar la aplicación de políticas, planes y acciones ambientales, que contribuyan a la gestión sostenible y compartida para alcanzar la conservación y rescate de los hábitat críticos y el desarrollo sostenible de las poblaciones asentadas en la cuenca.
- Para efectos de esta Ley, los límites de la Cuenca Hídrica señalada en el párrafo anterior, corresponde a la establecida y publicada en el Mapa de Cuencas Hidrográficas de Nicaragua, por el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INETER), sin perjuicio de lo establecido en la Ley No. 620 “Ley General de Aguas Nacionales”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 169, del 4 de septiembre del 2007, con relación a la creación y conformación de los Organismos de Cuenca y Comité de Cuenca, respectivos.”
Tercero Se reforma el literal c) del artículo 2 de la Ley No. 626, el que se leerá así:
-
“Art. 2 Serán también objetivos particulares de la Comisión:
a) Impulsar planes y medidas que detengan la contaminación en el menor tiempo posible en la Cuenca Hídrica;
c) Proponer acciones que fortalezcan el funcionamiento de las municipalidades que forman parte de las Cuencas de los Lagos Apanás, Xolotlán y Cocibolca y del Río San Juan, para que contribuyan con la conservación, protección y el aprovechamiento sostenible de los territorios que están comprendidos en dichas cuencas; y
d) Acordar acciones que contribuyan a la gestión sostenible y compartida para alcanzar la conservación y rescate de los hábitat críticos y el desarrollo sostenible de las poblaciones asentadas en la Cuenca.”
Cuarto Se reforman los literales f) y h) del artículo 3 de la Ley No. 626, los que se leerán así:
-
“Art. 3 La Comisión estará integrada por los titulares de las siguientes instancias:
a) Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA);
c) Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (ENACAL);
d) Ministerio Agropecuario y Forestal (MAG-FOR);
e) Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR);
f) Los Alcaldes de los Municipios comprendidos en la cuenca de los Lagos Apanás, Xolotlán y Cocibolca y del Río San Juan;
g) Autoridad Nacional del Agua (ANA);
h) Un representante de Organismos No Gubernamentales (ONG's) por Departamento de la Cuenca Hidrográfica de los Lagos Apanás, Xolotlán y Cocibolca y del Río San Juan seleccionados por los Comité de Desarrollo Departamental (CDD);
i) Centro de Investigaciones de Recursos Acuáticos (CIRA) UNAN-Managua; y
j) Comisión del Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Asamblea Nacional.
-
La Comisión deberá integrar a otras instituciones y sectores económicos que considere conveniente para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente Ley.
El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), será el responsable de convocar por primera vez a los miembros de la Comisión.”
Quinto Se reforma el literal a) del artículo 4 de la Ley No. 626, el que se leerá así:
-
“Art. 4 La Comisión tendrá entre sus funciones:
Sexto Se adiciona un nuevo artículo a la Ley, después del artículo cinco, el que se leerá así:
-
“Art. 5 (bis) Para el funcionamiento de la Comisión de Desarrollo Sostenible de la Cuenca Hídrica de los Lagos Apanás, Xolotlán y Cocibolca, y del Río San Juan, se deberá asignar anualmente una partida suficiente en el Presupuesto General de la República.”
Ing. René Núñez Téllez Presidente de la Asamblea Nacional |
Dr. Wilfredo Navarro Moreira Secretario de la Asamblea Nacional |
Managua, 27 de abril 2009.
Doctor
Wilfredo Navarro Moreira.
Primer Secretario
Asamblea Nacional.
Estimado doctor Navarro.
En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 numeral 1 Cn y los artículos 14 inc 2 y 91 de la Ley No 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo presento ante esta Secretaría, en base al artículo 90 de la misma Ley, la siguiente Iniciativa de “ LEY DE REFORMAS Y ADICIONES A LEY NO 626 , QUE CREA LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA CUENCA HÍDRICA DEL LAGO COCIBOLCA Y DEL RÍO SAN JUAN”,
para que se le dé trámite debido.
Sin más a que hacer mención, aprovecho la ocasión para expresarle mis muestras de consideración y estima.
Tercer Secretario
Asamblea Nacional
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 27 de abril 2009
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Ingeniero:
El suscrito Diputado Propietario ante la Asamblea Nacional, de conformidad al artículo 140 numeral 1 de la Constitución de la República de Nicaragua, y a los artículos 14 numeral 2 y 91 de la Ley No 606 “ LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO” presento la siguiente iniciativa de “ LEY DE REFORMAS Y ADICIONES A LEY NO 626 , QUE CREA LA COMISIÓN DE DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA CUENCA HÍDRICA DEL LAGO COCIBOLCA Y DEL RÍO SAN JUAN” .
En Nicaragua, las cuencas hídricas y las aguas superficiales y subterráneas que contienen, se encuentran bajo severa tensión ambiental, en razón a la deforestación, erosión, mal uso de suelos, contaminación por plaguicidas y otros químicos, por aguas negras crudas descargadas sin tratamiento o sin tratamiento suficiente, efluentes industriales, desechos municipales sólidos degradables y no degradables, urbanización sin servicios adecuados, degradación ambiental por simplificación de ecosistemas complejos, y otras formas de modificación realizadas sin planificación o control. Los daños causados a la economía, la sociedad y el ambiente por estas razones, son mucho más severos que los causados por todos los desastres que hemos sufrido por causas naturales.
De las cuencas nacionales más gravemente afectadas, es también la más...
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