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EtapaRedacción de texto
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente: DECRETO A.N. N°. 7642
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURIDICA A LA “FUNDACION TIERRA
FERTIL” (FTE)
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION TIERRA FERTIL” y que
abreviadamente se denominará (FTE); sin fines de lucro, de duración indefinida y con
domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine su
Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3 La “FUNDACION TIERRA FERTIL” y que abreviadamente se denominará (FTE); estará
obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y
demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta,
Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de
Nicaragua, a los once días del mes de diciembre del año dos mil catorce.
Lic. Iris Marina Montenegro Blandón
Presidenta por la Ley
Asamblea Nacional
Lic. Alba Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional

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