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LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente: DECRETO A.N. N°. 7510
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURIDICA A LA “FUNDACIÓN DESARROLLO
INTEGRAL Y ASOCIATIVIDAD CON LOS ANIMALES DE TRABAJO”, “FUNDESAT”
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN DESARROLLO INTEGRAL Y
ASOCIATIVIDAD CON LOS ANIMALES DE TRABAJO”, la que podrá abreviarse
“FUNDESAT”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de
Nindirí, Departamento de Masaya, Nicaragua.
Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine su
Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3 La “FUNDACIÓN DESARROLLO INTEGRAL Y ASOCIATIVIDAD CON LOS ANIMALES
DE TRABAJO”, la que podrá abreviarse “FUNDESAT”; estará obligada al cumplimiento de
la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta,
Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de
Nicaragua, a los once días del mes de junio del año dos mil catorce.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Lic. Alba Azucena Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional

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