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Resolución A.N. No. 002-2010
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RESOLUCIÓN A.N. No. 002-2010

NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Vista la iniciativa de nombramiento presentada en Secretaría de la Asamblea Nacional por el Presidente de la República proponiendo a los ciudadanos Otoniel Argüello Herrera, Carlos Shutze Sugrañez y Luís Ángel Montenegro Padilla, para ocupar el cargo de Director Nacional del Agua.
CONSIDERANDO

I
Que la solicitud fue enviada a la Comisión del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, quien evacuó informe calificando favorablemente a los tres candidatos propuestos.
II
Que el artículo 28 de la Ley No. 621, “Ley General de Aguas Nacionales”, aprobada el 15 de mayo de 2007, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 169 del 4 de septiembre de 2007, dispone que el Director de la Autoridad Nacional del Agua, será nombrado por la Asamblea Nacional escogido de una terna presentada por el Presidente de la República.
III
Que de la lectura del informe del proceso de consulta y dictamen al Plenario, resulta que los candidatos propuestos cumplen con los requisitos para el cargo y recibida moción para que se nombre a Luís Ángel Montenegro Padilla, puesta a debate el día de hoy, dicho nombramiento, el Plenario resolvió con los votos favorables de 81 Diputados, cero en contra y sin abstenciones, nombrar a Luis Ángel Montenegro Padilla.
POR TANTO:

La Asamblea Nacional, en uso de sus atribuciones y de conformidad con el artículo 138, numeral 32 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, artículo 28 de la Ley No. 620, “Ley General de Aguas Nacionales” y conforme el procedimiento que establece la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo”.
RESUELVE:

PRIMERO: Nombrar Director de la Autoridad Nacional del Agua a Luis Ángel Montenegro Padilla.

SEGUNDO: El nombrado tomará posesión de su cargo en Sesión Plenaria a verificarse el día de mañana.

Dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
TEXTO








    COMISIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES


    INFORME DE CONSULTA Y DICTAMEN


    Managua, 10 de Febrero del 2009




    Ingeniero
    René Núñez Téllez
    Presidente de la Asamblea Nacional
    Su Despacho

    Honorable Señor Presidente:

    En la continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXIV Legislatura de la Asamblea Nacional, realizada el día Miércoles 10 de septiembre del 2008, el Plenario de la Asamblea Nacional remitió a esta Comisión para su respectivo Informe, la PROPUESTA DE TERNA DE CANDIDATOS PARA OCUPAR EL CARGO DE DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA, presentada por el Poder Ejecutivo y con Registro AN No. 20085542.
    INFORME DE LA CONSULTA

    Marco Legal de la propuesta

    La Autoridad Nacional del Agua (ANA) fue creada por la Ley General de Aguas Nacionales, Ley 620, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 169, del 04 de septiembre del 2007, como órgano descentralizado del Poder Ejecutivo en materia del agua, con personería propia, autonomía administrativa y financiera. Además, con facultades técnicas-normativas, técnicas-operativas y de control y seguimiento para ejercer la gestión, manejo y administración nacional de los recursos hídricos.

    La Ley también establece que el Director de la ANA será nombrado por la Asamblea Nacional para un período de cinco años “de ternas propuestas por el Presidente de la República, con estricto apego a los requisitos que el cargo debe cumplir”.

    En este sentido, la Comisión analizó también el Reglamento de la Ley General de Aguas Nacionales, dictado por el Poder Ejecutivo como Decreto No. 106-2007, publicado el 7 de noviembre del 2007, en la que establece un Consejo Directivo como órgano colegiado que fungirá como máxima autoridad de la ANA, integrada por el Director que nombre la Asamblea Nacional y dos miembros designados por el Poder Ejecutivo, los que ya se encuentran nombrados de conformidad al Acuerdo Presidencial No. 311-2008 publicada en La Gaceta, Diario Oficial 155 del 13 de agosto del 2008.

    Otro aspecto que consideró la Comisión, es el relacionado al plazo de seis meses que estableció la Ley 620 para constituir e instalar a la Autoridad Nacional de Agua, de acuerdo al artículo 131. La Ley se encuentra en vigencia desde el 3 de marzo del 2008, por lo tanto el plazo se encuentra vencido y urge proceder al nombramiento de dicha autoridad nacional.

    De los Candidatos

    Con respecto a las ternas, la Comisión procedió a convocar los días 1 y 7 de Octubre del 2008 a los Señores Otoniel Argüello Herrera, Luis Ángel Montenegro Padilla y Carlos Shutze Sugrañes, con el objetivo de realizar las respectivas entrevistas con cada uno de ellos.

    Otoniel Argüello Herrera, es Ingeniero Civil con Maestría y Doctorado en Ingeniería de Sistemas de Recursos Hídricos, fue Ministro-Director del INAA y actualmente es docente de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua (UNAN-Managua).

    Carlos Enrique Shutze Sugrañes, es Ingeniero Civil y actual Director del INAA.

    Luis Ángel Montenegro Padilla, es Abogado y Notario Público con Maestría en Derecho Empresarial, actualmente es el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (CONAPAS).

    La Comisión también recibió correspondencia firmada por el Director Ejecutivo del Centro Humbodlt, el Presidente de FUNDENIC y el Rector de la UNAN-León, así como, del Representante de la Red de Reservas Silvestres Privadas de Nicaragua, sometiendo a consideración la terna del Profesor Salvador Montenegro Guillén, la que no fue tomada en consideración por no ser presentada con las formalidades que el caso amerita.

    DICTAMEN DE LA COMISIÓN

    Revisada y analizada la documentación presentada y escuchados los diferentes planteamientos de los entrevistados, la Comisión considera que los candidatos presentados por el Poder Ejecutivo son personas que reúnen la solvencia moral e intelectual para ocupar el cargo, teniendo conocimiento y experiencia acumulada en la materia, todo de conformidad a los requisitos establecidos por la Ley General de Aguas Nacionales y el Reglamento de la misma.

    En consecuencia, esta Comisión dictamina que los Candidatos a ocupar el cargo de Autoridad Nacional del Agua (ANA), Otoniel Argüello Herrera, Luis Ángel Montenegro Padilla y Carlos Shutze Sugrañes, están debidamente calificados para el mismo y son elegibles para dicho cargo, quedando sujeto su elección a la decisión de este Honorable Plenario, reiterando la necesidad de su inmediato nombramiento por estar en contradicción con el plazo establecido en la Ley, además que se necesita la ejecución y aplicación de una serie de disposiciones que se encuentran pendientes ante la falta de la autoridad competente.

    Por último, la Comisión hace un llamado al Poder Ejecutivo a dar cumplimiento con lo señalado en el artículo 133 de la Ley General de Aguas Nacionales, en el sentido de “garantizar el funcionamiento de las instituciones creadas por esta ley” estableciendo las asignaciones correspondientes en el Presupuesto General de la República.

    Se adjuntan los Curriculum Vitae de los Candidatos.


    Atentamente,

    Francisco J. Jarquín Urbina
    Presidente


    José Martínez Narváez Carlos García Bonilla
    Primer Vicepresidente Segundo Vicepresidente



    Carlos Oliva Montiel Porfirio Castro Arauz



    Filiberto Rodríguez López Juan Manuel González



    Nasser Silwany Báez Odell Incer Barquero



    Indalecio Rodríguez Alaniz Mónica Baltodano Marcenaro



    Ramiro Silva Gutiérrez

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