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DECRETO A. N. No. 6849
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN SONATI – NICARAGUA, y que será
conocida abreviadamente como SONATI; s in fines de lucro, de duración Indefinida y con
domicilio en el Municipio de León, Departamento de León.
Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su
Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3 La ASOCIACIÓN SONATI – NICARAGUA, y que será conocida abreviadamente como
SONATI; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin
Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta,
Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diecinueve días del
mes de Abril del año dos mil doce.
Ing. René Núñe
z Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Lic. Alba Palacios Benavidez
Secretaria de la
Asamblea Nacional

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