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LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 7826
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURIDICA A LA FUNDACION CIENTÍFICA
NICARAGUENSE DE ESTUDIANTES Y PROFESIONALES, FUCINEP
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACION CIENTÍFICA NICARAGUENSE DE
ESTUDIANTES Y PROFESIONALES, el cual podrá llamarse también FUCINEP; sin fines
de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Departamento de León, República de
Nicaragua.
Artículo 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine su
Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Artículo 3 La FUNDACION CIENTÍFICA NICARAGUENSE DE ESTUDIANTES Y PROFESIONALES,
el cual podrá llamarse también FUCINEP; estará obligada al cumplimiento de la Ley General
sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Artículo 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta,
Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de
Nicaragua, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil quince.
Lic. Iris Marina Montenegro Blandón
Presidenta por la Ley
Asamblea Nacional
Lic. Alba Azucena Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
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