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EtapaRedacción de texto
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente: DECRETO A.N. N°. 7259
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURIDICA A LA “Fundación Iglesia, Karol
Wojtyla”, “Fundación Juan Pablo II”
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “Fundación Iglesia, Karol Wojtyla”, la que también
se puede conocer e identificar con las siglas, “Fundación Juan Pablo II ”; sin fines de lucro,
de de duración indefinida y con domicilio en l a Ciudad de Managua, Departamento de
Managua.
Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine su
Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3 La “Fundación Iglesia, Karol Wojtyla”, la que también se puede conocer e identificar con
las siglas, “Fundación Juan Pablo II”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General
sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vi gencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta,
Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de
Nicaragua, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil trece.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam
Secretaria por la Ley
Asamblea Nacional

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