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Etapa | Redacción de texto |
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 7920
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURIDICA A LA
“FUNDACIÓN BIOCÉNTRICA Y BIODANZA DE NICARAGUA”, “FBBN”
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN BIOCÉNTRICA Y
BIODANZA DE NICARAGUA” misma que podrá ser reconocida por las
siglas “FBBN”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la ciudad de Managua, capital de la Republica de Nicaragua.
Artículo 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que
determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Artículo 3 La “FUNDACIÓN BIOCÉNTRICA Y BIODANZA DE NICARAGUA”, estará
obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin
Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Artículo 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la
República de Nicaragua, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
Lic. Iris Marina Montenegro Blandón
Presidenta por la Ley
Asamblea Nacional
Lic. Alba Azucena Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
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