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EtapaRedacción de texto
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 7885
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURIDICA A LA ASOCIACIÓN MINISTERIO
CASA DE BENDICION”, (M.C.B)
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACION “MINISTERIO CASA DE BENDICION,
llamada también con las siglas (M.C.B); sin fines de lucro, de duración indefinida y con
domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Artículo 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su
Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Artículo 3 La ASOCIACION “MINISTERIO CASA DE BENDICION”, llamada también con las siglas
(M.C.B); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin
Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Artículo 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta,
Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de
Nicaragua, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil quince.
Lic. Iris Marina Montenegro Blandón
Presidenta por la Ley
Asamblea Nacional
Lic. Alba Azucena Palacios Benavidez
Primera Secretaria
Asamblea Nacional

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