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Ley No. 683
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A sus habitantes, Sabed:
Que,
Ha ordenado la siguiente:
LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2009
Artículo 1 Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2009 por un monto estimado de C$26,798,455,818.00 (Veintiséis mil setecientos noventa y ocho millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil ochocientos dieciocho córdobas netos), que corresponde a ingresos corrientes y que forman parte de la Ley de acuerdo a la distribución por fuente de ingresos. Se incluyen en este desglose las modificaciones del Anexo No 1.
Art. 2 Apruébese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2009 en la suma de C$32,522,686,350.00 (Treinta y dos mil quinientos veintidós millones seiscientos ochenta y seis mil trescientos cincuenta córdobas netos), distribuidos en C$23,335,408,000.00 (Veintitrés mil trescientos treinta y cinco millones cuatrocientos ocho mil córdobas netos) para gastos corrientes y C$9,187,278,350.00 (Nueve mil ciento ochenta y siete millones doscientos setenta y ocho mil trescientos cincuenta córdobas netos) para gastos de capital. La distribución del Presupuesto General de Egresos será por organismo, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es parte de esta Ley. Se incluyen en esta distribución las modificaciones de ampliaciones, reducciones y reasignaciones, en su caso, y que a continuación se detallan.
I. Redúzcase las partidas presupuestarias de las instituciones señaladas a continuación por los montos que se indican y cuyo detalle se presenta en el Anexo No. 2.
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Ley No. 683
El Presidente de la República de Nicaragua
El Presidente de la República de Nicaragua
A sus habitantes, Sabed:
Que,
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Ha ordenado la siguiente:
LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA 2009
Artículo 1 Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el ejercicio presupuestario 2009 por un monto estimado de C$26,798,455,818.00 (Veintiséis mil setecientos noventa y ocho millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil ochocientos dieciocho córdobas netos), que corresponde a ingresos corrientes y que forman parte de la Ley de acuerdo a la distribución por fuente de ingresos. Se incluyen en este desglose las modificaciones del Anexo No 1.
Art. 2 Apruébese el Presupuesto General de Egresos para el ejercicio presupuestario 2009 en la suma de C$32,522,686,350.00 (Treinta y dos mil quinientos veintidós millones seiscientos ochenta y seis mil trescientos cincuenta córdobas netos), distribuidos en C$23,335,408,000.00 (Veintitrés mil trescientos treinta y cinco millones cuatrocientos ocho mil córdobas netos) para gastos corrientes y C$9,187,278,350.00 (Nueve mil ciento ochenta y siete millones doscientos setenta y ocho mil trescientos cincuenta córdobas netos) para gastos de capital. La distribución del Presupuesto General de Egresos será por organismo, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es parte de esta Ley. Se incluyen en esta distribución las modificaciones de ampliaciones, reducciones y reasignaciones, en su caso, y que a continuación se detallan.
I. Redúzcase las partidas presupuestarias de las instituciones señaladas a continuación por los montos que se indican y cuyo detalle se presenta en el Anexo No. 2.
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