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EtapaRedacción de texto
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 8331
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURIDICA A LA
FUNDACIÓN LATINOAMERICANA PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO
LATINAMERICAN FUNDATION FOR COMMUNITY DEVELOPMENT, “FLPDC
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN LATINOAMERICANA
PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO que podrá designarse también
como LATINAMERICAN FUNDATION FOR COMMUNITY
DEVELOPMENT, pudiendo abreviarse por sus siglas FLPDC; sin fines de
lucro, de duración indefinida y su domicilio será en la Ciudad de Diriamba,
Departamento de Carazo, Nicaragua.
Artículo 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que
determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Artículo 3 La “FUNDACIÓN LATINOAMERICANA PARA EL DESARROLLO
COMUNITARIO” que podrá designarse también como LATINAMERICAN
FUNDATION FOR COMMUNITY DEVELOPMENT, pudiendo abreviarse por
sus siglas “FLPDC”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General
sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Artículo 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación
en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la
República de Nicaragua, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil
diecisiete.
Dr. Gustavo Eduardo Porras Cortes
Presidente
Asamblea Nacional
Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam
Primera Secretaria
Asamblea Nacional

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