Decreto, De reforma y adiciones al decreto no. 51-2005, reglamento de la ley de carrera administrativa municipal
CONSIDERANDO
I
Que el 11 de Agosto del año 2005 fue publicado en la Gaceta, Diario Oficial, el Reglamento de la Ley 502, Ley de Carrera Administrativa Municipal, Publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 244 del día 16 de Diciembre del 2004.
II
Que dicha Ley, en su Arto. 18 establece que la Dirección General de Carrera Administrativa Municipal es un órgano de apoyo de la Comisión Nacional de Carrera Administrativa Municipal y que como tal, realizará todo el trabajo administrativo y técnico necesario para el cumplimiento de las atribuciones de la Comisión Nacional de la Carrera Administrativa Municipal.
III
Que la naturaleza y desarrollo de la Dirección General de Carrera Administrativa Municipal y el grado de complejidad de sus funciones demandan la presencia permanente del Director General, para garantizar el correcto funcionamiento de la Carrera Administrativa Municipal Y cumplir lo establecido en artículo 140 de la Ley 502.
IV
Que no se ha contemplado la regulación en el reglamento de la Ley, el modo de garantizar el funcionamiento de la Dirección General de Carrera Administrativa Municipal cuando por cualquiera de las situaciones contempladas en la Ley, la Dirección General no cuenta con su Director, lo que pone en peligro la aplicación de la Ley No. 502 y causaría perjuicio a las alcaldías y sus empleados municipales, por lo que se ha llegado a la conclusión que es necesaria la creación de la figura de Director General Interino.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE REFORMA Y ADICIONES AL DECRETO No. 51-2005, REGLAMENTO DE LA LEY DE CARRERA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL
Adicionase al Reglamento de la Ley No. 502, Ley de Carrera Administrativa Municipal, lo siguiente:
DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL
Comisión Nacional de Carrera Administrativa Municipal.
La
Comisión Nacional de Carrera Administrativa Municipal es el máximo órgano de aplicación de la Ley y este Reglamento; estará integrada por cinco miembros titulares con sus respectivos suplentes, de la siguiente forma: El Presidente Ejecutivo de INIFOM, dos representantes de las autoridades municipales electos en asambleas de las asociaciones de municipios más representativas del País, en la cual deberá de haber representación...
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