Decreto, Préstamo con el bid de us $ 3.500,000.00 para adquirir equipo y repuestos para conservacion caminos, etc

PRÉSTAMO CON EL BID DE US $ 3.500,000.00 PARA ADQUIRIR EQUIPO Y REPUESTOS PARA CONSERVACION CAMINOS, ETC

"No. 272.-

Aprobado 04 de Noviembre de 1971

Publicado en la Gaceta No. 261 del 17 de Noviembre del 1971

En la ciudad de Managua, Distrito Nacional, a las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana del día cuatro de Noviembre de mil novecientos setenta y uno. Reunidos en Casa Presidencial, en Consejo de Ministros los- infrascritos señores Doctor Mariano Buitrago Aja, Ministro de la Gobernación; Doctor Lorenzo Guerrero, Ministro de Relaciones Exteriores; Licenciado Juan José Martínez L, Ministro de Economía, Industria y Comercio; General de Brigada G.N. Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Ingeniero J. Antonio Mora R., Ministro de Educación Pública; Ingeniero Alfonso Callejas Deshon, Ministro de Obras Públicas General de Brigada, G. N. Julio C. Morales-M., Ministro de Defensa; Doctor Alceo Tablada Solís, Ministro de Agricultura y Ganadería por la -Ley; Doctor Francisco Urcuyo Maliaño, Ministro de Salud Pública y Doctor Amílcar Ibarra Rojas, Ministro del Trabajo previa citación del Señor Presidente de la República, General, de División, Don Anastasio Somoza, quien preside este Consejo, y con asistencia del Doctor Luis Valle Olivares, Secretario de la Presidencia de la República, que autoriza, resolvieron emitir el siguiente Decreto

El Presidente de la República,

En Consejo de Ministros

C o n s i d e r a n d o:

I

Que la constante preocupación y celo del Señor Presidente de la República y de las Autoridades viales correspondientes por mantener la red vial nacional en condiciones económicas, seguras y eficientes

II

Que para hacer expedita la conservación de los caminos secundarios que constituyen nuestra red nacional, los cuales se han duplicado en los ú ltimos años, y para darles una adecuada atención es necesario que el Gobierno de la República adquiera la maquinaria o equipo requerido y cantidad de repuestos suficientes, así como la construcción de Campamentos ubicados en los lugares preciso, lo que robustecerá el sistema de Administración financiera del Departamento de Carreteras y el mejoramiento de las actividades de la red vial nacional;

Por Tanto:

De conformidad con el Artículo 15 del Decreto Legislativo No. 1914 del 2 de Septiembre de 1971, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 207 del 11 del mes y año antes citado;

Decreta:

Artículo 1

Se autoriza y...

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