Decreto, Creación de la comisión nacional de pesca y acuacultura

CREACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE PESCA Y ACUACULTURA

DECRETO No. 7-94,

Aprobado el 08 de Marzo de 1994

Publicado en La Gaceta No. 48 del 09 de Marzo de 1994

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO

I

Que de conformidad con los Artos. 150 y 151 de la Constitución Política vigente, son atribuciones del Presidente de la República: " Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes; dictar Decretos Ejecutivos con Fuerza de Ley en Materia Fiscal y Administrativa; dirigir la Economía del País y determinar la Política y el Programa Económico Social así como determinar la organización y competencias de los Ministerios de Estado y de los Entes Autónomos Gubernamentales ".

II

Que como resultado de las políticas económicas del Gobierno de la República, se han incentivado las inversiones extranjeras en la búsqueda de la reactivación económica; por ello, a iniciativa del Ejecutivo, la Asamblea Nacional aprobó la Ley No. 127 ( Ley de Inversiones Extranjeras ). En el marco de esas políticas, la actividad pesquera ha tenido en los últimos años un desarrollo sostenido de tal forma, que las exportaciones en ese rubro crecieron de nueve a treinta y cinco Millones de dólares entre los años 1990 a 1993, con expectativas de llegar a C$45,000.000.00 en 1994, alcanzando este sector una Generación de 12,000 a 15,000 empleos productivos en la actualidad.

III

Que el Gobierno de la República en uso de las atribuciones señaladas en los Artos. 150 y 151 Cn., creó por medio del Decreto 16-93 " La Dirección de Promoción y Desarrollo Pesquero " y otorgó al Ministerio de Economía y Desarrollo la facultad de conceder las licencias y la formulación de una política general de desarrollo pesquero, todo dentro de un marco institucional y legal actualizado. Dentro de esa política coherente, el Ejecutivo ha presentado a la Asamblea Nacional la Iniciativa de una Ley de Pesca.

IV

Que es imprescindible para el Ejecutivo continuar la promoción y reactivación de la actividad pesquera y acuícola, por lo que se hace necesario ir logrando en el proceso de desarrollo del sector la participación efectiva de todos los agentes del mismo.

V

Que la participación de los referidos agentes en las actividades de planificación y administración de los recursos pesqueros y acuícolas fortalecería las decisiones de acuerdo al objetivo Gubernamental de Democratizar la Economía del País.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO:

El siguiente Decreto de:

CREACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE PESCA Y ACUACULTURA

Artículo 1

Créase las Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura como órgano asesor y consultor del Poder Ejecutivo que en el texto de este Decreto se denominará simplemente La Comisión.

Artículo 2

La Comisión...

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