Decreto, Ley de consolidación del sistema bancario financiero nacional

LEY DE CONSOLIDACIÓN DEL SISTEMA BANCARIO FINANCIERO NACIONAL

Decreto No. 755

de 4 de julio de 1981

Publicado en La Gaceta No. 154 de 13 de julio de 1981

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Considerando:

Que es necesaria la unificación de la dirección institucional del Sistema Bancario Financiero Nacional que permita dictar o implantar en forma armónica las políticas monetaria, cambiaria y crediticia del país, para lograr impulsar un desarrollo socioeconómico en consonancia con los planes generales del Gobierno y la Revolución.

POR TANTO:

En uso de sus facultades,

Decreta:

La siguiente:

LEY DE CONSOLIDACION DEL SISTEMA BANCARIO - FINANCIERO NACIONAL

Artículo 1

El Sistema Bancario- Financiero Nacional se regirá por las disposiciones de la presente Ley y estará conformado de acuerdo a lo establecido en su artículo 12.-

Artículo 2

-La Corporación Financiera de Nicaragua «CORFIN», creada por Decreto número 463 del 2 de julio de 1980, conservando su personalidad jurídica y patrimonio propio, como ente del dominio comercial del Estado, se adscribe al Banco Central de Nicaragua, institución rectora del Sistema Bancario Financiero Nacional.

Artículo 3

CORFIN estará dirigida por un Director General, quien tendrá la representación legal, judicial y extrajudicial, con facultades de un apoderado general de administración; ejercerá la autoridad ejecutiva superior y tendrá a su cargo la Dirección, Administración y Coordinación de las actividades y bienes de la Corporación. Será nombrado por el Consejo de Dirección de CORFIN, a propuesta del Ministro Presidente del Banco Central de Nicaragua.

Artículo 4

-El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua BCN, el Consejo de Dirección de la Corporación Financiera de Nicaragua «CORFIN» y la Junta Directiva de Financiera de Preinversión «FINAPRI», conservando las facultades y atribuciones de sus leyes respectivas, estarán presididos por el Ministro Presidente del Banco Central de Nicaragua, e integrada además totalmente por:

  1. El Ministro de Planificación como Titular y el Vice Ministro del mismo ramo como alterno;

  2. El Ministro de Finanzas como Titular y el Vice Ministro del mismo ramo como alterno;

  3. El Ministro de Comercio Exterior como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR