Decreto, Constitucion del fondo de inversion de telecomunicaciones

CONSTITUCION DEL FONDO DE INVERSION DE TELECOMUNICACIONES

DECRETO No. 5-2006, Aprobado el 23 de Enero del 2006

Publicado en La Gaceta No. 19 del 26 de Enero del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

CONSTITUCION DEL FONDO DE INVERSION DE TELECOMUNICACIONES

CAPITULO I Artículos 1 y 2

CONSTITUCIÓN Y DURACIÓN

Artículo 1

Constitúyase un Fondo especial de Inversión de Telecomunicaciones y Servicios Postales, el cual se denominará FITEL, como un programa destinado exclusivamente al financiamiento de proyectos de telecomunicaciones y tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en áreas rurales o de bajos ingresos del país.

Artículo 2

El FITEL tendrá una duración de diez años, a partir de la fecha de entrada en vigencia de este Decreto, duración que podrá ser prorrogable mediante Decreto Ejecutivo.

CAPÍTULO II Artículos 3 a 5

ADMINISTRACION

Artículo 3

El FITEL será administrado por el Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR), de conformidad a los artículos 7, 13, 50, 51, 52 establecidos en el Decreto No. 128-2004 "Reglamento de la Ley Orgánica de TELCOR" publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 238 del 7 de diciembre de 2004.

Artículo 4

La Dirección General de TELCOR, deberá administrar el FITEL en la forma señalada en el Decreto No. 128-2004.

Artículo 5

Los recursos de FITEL lo constituyen todos los ingresos o aportes que conforman el fondo disponible de FITEL para cumplir con los objetivos establecidos en el Arto. 6 de este Decreto.

CAPÍTULO III Artículo 6

OBJETIVOS

Artículo 6 El FITEL tendrá los siguientes objetivos:

- Promover el acceso de la población de las áreas rurales o de bajos ingresos del país a los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de la información y las comunicaciones, en las áreas geográficas según la clasificación territorial establecida en el Plan Nacional de Desarrollo elaborado por el Gobierno de la República de Nicaragua.

- Promover la participación del sector privado en la prestación de los servicios de telecomunicaciones en áreas rurales o de bajos ingresos mediante el otorgamiento de créditos especiales o subsidios complementarios de la inversión privada.

- Promover el desarrollo social y económico de las áreas...

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