Decreto A.N., Autorizase a poder ejecutivo suscribir convenio de prestamo con el bcie para la reconstruccion de la carretera panamericana norte

AUTORIZASE A PODER EJECUTIVO SUSCRIBIR CONVENIO DE PRESTAMO CON EL BCIE PARA LA

RECONSTRUCCION DE LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE

Decreto No. 23 de

24 de abril de 1975

Publicado en La Gaceta No. 106 de 15 de mayo de 1975

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 23

La Cámara de Diputados y la Cámara de Senado de la República de Nicaragua,

El Presidente de la República, a sus habitantes,

Decretan:

Arto. 1.-

Autorízase al Poder Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, y Crédito Público, para que por medio del Señor Ministro o la persona a quien éste delegue, suscrita en nombre de la República de Nicaragua, un Convenio de Préstamo con el Banco Panamericano de Integración Económica (BCIE), por la cantidad Seis Millones Doscientos Mil Dólares (US$6.200.00) con un plazo de quince (15) años, incluyendo cinco (5) años de gracia, a contarse de la fecha de suscripción del Contrato, devengando un interés del ocho por ciento (8%) anual y una comisión de compromiso del tres cuarto del uno por ciento (3/4 del 1%) anual sobre los saldos no desembolsados, que comenzará a devengarse a partir de la fecha del Contrato.

Arto. 2.-

La cantidad emprestada será utilizada para el financiamiento de la reconstrucción del tramo de la Carretera Panamericana Norte, Sección Las Mercedes de Benito, y la radial de conexión con la Carretera Tipitapa-Masaya.

Arto. 3.-

Esa autorización comprende la facultad de firmar documentos necesarios para esta clase de préstamos e Incorporar el Contrato, las cláusulas que mejor aseguren los intereses de la Hacienda Pública, así como la de incluir en los correspondientes Presupuestos de Ingresos y Egresos de la República, las cantidades...

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