Decreto, Convocase a elecciones de diputados y senadores

CONVOCASE A ELECCIONES DE DIPUTADOS Y SENADORES

DECRETO EJECUTIVO No.1

Aprobada el 8 de Abril de 1948

Publicada en La Gaceta No.76 del 10 de Abril de 1948

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

En uso de las facultades que le fueron conferidas en el párrafo 4, del Capítulo de Disposiciones Transitorias de la Constitución vigente.

Por Cuanto:

El Partido Liberal Nacionalista, con personería legal, por medio de un Delegado Plenipotenciario de su Junta Directiva Nacional y Legal, y otro Delegado debidamente autorizado de un grupo considerable de ciudadanos afiliados al Partido Conservador, que es otro de los Partidos Políticos históricos, cuyos delegados, plenamente penetrados del alto espíritu conciliador que anima al pueblo nicaragüense, han convenido en el pacto celebrado el 26 de Febrero del año corriente, con el laudable propósito de mantener la tranquilidad de la República, mediante una paz garantizada por el avenimiento a una convivencia de las agrupaciones que han permanecido en oposición por razón de predominio político.

Por Cuanto

:

Es un deber del Gobierno, procurar la paz y la tranquilidad de la República, por los medios civilizados y prudentes que requieren las circunstancias, y prestar desde luego, su apoyo a todo propósito manifestado en pro de dicho fin, y más aún, cuando dos grupos considerables de ciudadanos unidos bajo una sola aspiración, hacen pública declaración de sus anhelos pacifistas y de convivencia.

Por Cuanto:

La Asamblea Nacional Constituyente, al dictar las Disposiciones Transitorias de la Constitución actual, se inspiró en un alto espíritu de nacionalismo, permitiendo que a juicio del Poder Ejecutivo se llamará al pueblo nicaragüense para elegir, por esta sola vez, cuatro Senadores y siete Diputados más, para que integren el Soberano Congreso Nacional, dando así oportunidad para que estén representados en aquel Augusto Cuerpo, todas las agrupaciones de los partidos históricos de Nicaragua.

Por Cuanto:

Considera el Poder Ejecutivo que es llegado el momento de hacer dicha Convocatoria, en uso de la facultades Constituciones que fueron conferidas en el citado párrafo 4, de las Disposiciones Transitorias de la Constitución.

Decreta:

Artículo 1º

Convocase al pueblo Nicaragüense para que en una sola circunscripción electoral, elija cuatro Senadores y siete Diputados propietarios, con sus respectivos Suplentes, para que por esta sola vez integren las...

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