Decreto, Autorizar al ministerio de hacienda y crédito público para coordinar y conducir negociaciones de convenios internacionales en materia tributaria

AUTORIZAR AL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA COORDINAR Y CONDUCIR NEGOCIACIONES

DE CONVENIOS INTERNACIONALES EN MATERIA TRIBUTARIA

DECRETO No. 77-2006

, Aprobado el 21 de Diciembre del 2006

Publicado en La Gaceta No. 05 del 08 de Enero del 2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que la tendencia internacional en materia de fiscalización, indica llevar a cabo una política abierta para suscripción de convenios de intercambio de información tributaria y aduanera, así como de convenios para evitar la doble imposición internacional y la evasión a nivel de Aduanas.

II

Que los convenios suscritos para evitar la doble imposición tributaria internacional, si bien no tienen relevancia para su aplicación a residentes en Nicaragua que obtengan renta de fuente extranjera, dado que nuestro país sigue un criterio de territorialidad en su imposición directa; generan mayor seguridad jurídica, aumentando el atractivo de nuestro país para la inversión extranjera.

III

Que los convenios de intercambio de información tributaria y aduanera, constituyen instrumentos útiles para combatir la evasión fiscal, la subfacturación y la sobrefacturación.

IV

Que una política ordenada de suscripción de convenios internacionales para evitar la doble imposición y de intercambio de información tributaria y aduanera, permitirá consolidar la imagen internacional de Nicaragua como un Estado Social de Derecho, fiscalmente responsable, con un equitativo y transparente sistema de recaudación y de control del tráfico internacional de mercancías.

V

Que la suscripción de este tipo de convenios implica consecuencias fiscales procedimentales y recaudatorias, por lo que debe analizarse en cada caso, el impacto económico y jurídico, que permita al Estado de Nicaragua negociar y suscribir con otro Estado, convenios para evitar una doble imposición tributaria.

VI

Que resulta necesario establecer una política, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como rector de las finanzas públicas, que coordine la negociación y suscripción de esta clase de convenios, debiendo dicho Ministerio en cada caso analizar los efectos del mismo y emitir un dictamen de carácter vinculante, como requisito necesario para su negociación y suscripción.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Autorizar al Ministerio de Hacienda y...

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