Resolución 1-2013, (DAR INICIO A PROCESO DE CONTRATACIÓN SIMPLIFICADA EN SITUACIÓN DE URGENCIA, PARA LA APROPIADA CONDUCCIÓN DE LOS PROCESOS JUDICIALES QUE NICARAGUA TIENE PENDIENTE ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE JUSTICIA-CIJ)

(DAR INICIO A PROCESO DE CONTRATACIÓN SIMPLIFICADA EN SITUACIÓN DE URGENCIA, PARA LA APROPIADA CONDUCCIÓN DE LOS PROCESOS JUDICIALES QUE NICARAGUA TIENE PENDIENTE ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE JUSTICIA-CIJ)

Resolución Ministerial No. 1-2013, Aprobado el 17 de Enero del 2013

Publicado en La Gaceta No. 38 del 27 de Febrero del 2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 1- 2013

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, Reglamento de la Ley No. 290 Decreto No. 118-2001 y sus reformas; Ley No. 737 “Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público, Reglamento General de la Ley No. 737, (Decreto No. 75-2010).

CONSIDERANDO

I

Que es Responsabilidad ineludible y de primordial pronunciamiento, por parte de esta Autoridad, autorizar las contrataciones administrativas establecidas en la Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público y su Reglamento General, dentro de un marco de legalidad y estricto derecho permitiendo la aplicación efectiva de los principios que regulan los procesos de Contratación administrativa; asegurando igualmente la satisfacción de la necesidad e interés público que se persigue resolver con el objeto de la contratación.

II

Que de conformidad a lo establecido en el arto. 6 numeral 1) de la Ley No. 737 “Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público”, es obligación del Estado planificar, programar, organizar, desarrollar y supervisar las actividades de Contratación Administrativa que realice, de modo que sus necesidades se satisfagan en el tiempo oportuno y en las mejores condiciones de costo y calidad.

III

Que al tenor de lo establecido en el arto.58 numeral 3) de la Ley No. 737 “Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público”, y artos. 146-152 del Decreto 75-2010, Reglamento General a la Ley No. “Ley 737 Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público”, podrán celebrar Contratos Administrativos a través del Procedimiento excepcional de Contratación Simplificada, las que beberán realizarse conforme las Normas de Ejecución Presupuestaria y las Normas Técnicas de Control, para tal efecto, en el caso de las Contrataciones que se deriven de situaciones de Urgencia no derivadas de desastres o calamidad pública, que impidan la continuidad del Servicio de la Entidad, la máxima autoridad dará inicio mediante Resolución Administrativa debidamente motivada. Las adquisiciones que...

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