Decreto, Declaración de utilidad pública

DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA

DECRETO No. 1355.

Aprobado el

6 de Diciembre de 1983

Publicado en La Gaceta No. 280 del 13 de Diciembre de 1983

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1

Declárese de Utilidad Pública por ser de interés social, el inmueble propiedad de la señora Irene Pérez de Marenco, situado en jurisdicción de Esquipulas de este departamento, e identificado en el plano de la Urbanización con el No. 61 y dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Cuarenta metros y Noventa y Tres centésimas de metros, lote número cincuenta y uno y cincuenta y dos, Pase el Ciprés, de por medio; Sur: Cuarenta y Cuatro metros y Trescientos Ochenta y Una milésima de metros, Constructora Habitacional; Este: Cuarenta y Cinco metros y Sesenta y Ocho centésimas de metros, lote número sesenta, avenida del Campo de por medio y Oeste: Cuarenta y Cinco metros y Noventa y Una centésima de metros, lote número sesenta y dos; e inscrita bajo el No. 75,487, tomo 1,295, folio 10 y 11, asiento 1 de la columna de inscripciones, Sección de Derechos Reales del Registro Público de este departamento.

Artículo 2

Nómbrase Unidad Ejecutora para el caso de expropiación y todo lo relativo a la adquisición de los derechos reales y demás efectos, al Ministerio de Justicia, ante quienes deberán comparecer dentro de un término de quince días, las personas cuyos derechos se consideren afectados por esta declaración.

Artículo 3

En caso de expropiación, la indemnización se hará efectiva por medio de bonos estatales, títulos valores, permuta con...

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