Decreto, Se decreta reglamento de la academia militar
SE DECRETA REGLAMENTO DE LA ACADEMIA MILITAR
Aprobado el 11 de Julio de 1904
Publicado en La Gaceta No. 2282 del 27 de Julio de 1904
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Decreta el Siguiente Reglamento de la Academia Militar de Nicaragua,
I- Su Objeto
La Academia Militar tiene por objeto instruir y educar científica y militarmente á los oficiales del Ejército que serán designados para instructores y para jefes técnicos.
La instrucción se dará de conformidad con los programas emitidos por el Ministerio de Instrucción Pública el 11 de Julio del año corriente
II-Clasificación de la Academia y Plan de Estudios
La Academia Militar se dividirá en dos secciones de primaria y tres superiores.
Las asignaturas de primaria se distribuirán del modo siguiente:
1er, Año ó Sección
Aritmética y Geometría
Gramática
Geografía de Nicaragua
Caligrafía
Lectura
Telegrafía
Gimnasia y Natación
Evoluciones Reglamentarias de Infantería y Artillería
2do. Año
Aritmética y Geometría
Gramática
Historia de Nicaragua
Higiene y Moral
Manual del Soldado y Ordenanza y Código Militar
Telegrafía
Esgrima
Gimnasia y Natación
Evoluciones Reglamentarias de la Infantería y Artillería
Las Asignaturas de los cursos superiores se distribuirán del modo siguiente:
1er. Curso
Aritmética Razonada
Gramática 1er. Curso
Geografía de la América Central
Historia Universal (Edad antigua y media)
Administración Militar
Conocimiento de Armas
Fortificación
Artillería.
2do. Curso
Álgebra
Geografía, 1º Curso.
Historia Universal (Edad moderna)
Conocimiento de armas
Fortificación Pasajera y Puentes Militares.
Topografía; Levantamiento de Planos
Física Aplicada
Dibujo Topográfico.
Artillería
3er. Año
Geometría y Trigonometría
Balística
Literatura Militar
Dibujo Tipográfico
Artillería
Aplicación de la táctica de las tres armas y Nociones de estrategia.
Topografía: Levantamiento de Planos
Historia del Arte Militar.
Del Personal y Modo de Nombrarlo
La Academia tendrá el Personal siguiente:
Un Director, quien será el Jefe del establecimiento.
Un Subdirector.
Un Secretario.
El número de profesores suficiente para la instrucción civil y de instructores militares de conformidad con el Plan de Estudios.
Todo el personal anterior será nombrado por el Ministerio de la Guerra.
La Academia Militar depende inmediatamente del Ministerio de la Guerra.
La Academia tendrá también un cirujano nombrado de igual modo que los otros empleados.
Los alumnos ingresarán á la Academia Militar de orden del Comandante General ó del Ministerio de la Guerra.
Del Director
El Director será el Jefe superior civil de la Academia, será responsabilidad de la marcha del establecimiento en el orden científico.
Tendrá á su cargo la dirección de los estadios del plantel.
Tendrá además las siguientes atribuciones:
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Presidir los exámenes civiles y militares.
-
Pedir la separación de los empleados por falta de cumplimiento en sus deberes.
-
Visitar diariamente una clase por lo menos y dar cuenta cada semana al Ministerio de la Guerra.
-
Proponer al Ministerio de la Guerra las medidas y métodos necesarios para el mejoramiento de la enseñanza;
-
Proponer el nombramiento del personal necesario para la conservación del orden;
-
Pasar al Ministerio de la Guerra un cuadro del resultado de los exámenes de tanteo ó de prueba de curso hecho días después de verificados estos actos;
-
Para el Ministerio de la Guerra una memoria en que dé cuenta del movimiento intelectual y moral de la Academia dicha memoria se agregará un estado del número de alumnos y empleados, entradas, gastos y demás noticias que juzgaré conveniente
-
Pasar el día último de cada mes el resultado de los ejercicios de tiro.
El Director llevará los libros siguientes:
Un libro copiador de oficios é informes.
Un libro copiador de telegramas y cartas oficiales.
Un libro anotador de exámenes y certámenes.
Un libro Registrador de Entradas.
Un libro de altas y bajas de los estudiantes, con los datos siguientes: fecha de su nombramiento, de su nacimiento, nombre de sus padres y domicilio.
Un libro de licencias temporales para alumnos y empleados.
Un libro de la conducta de los alumnos.
Un libro de inventario de los muebles y útiles de la Academia.
Un libro de tomas de posesión de los empleados.
Un libro de registro de nóminas y recibos.
El Director firmará toda la correspondencia de la Academia, dejando de hacerlo únicamente cuando este fuera de su jurisdicción militar.
Del Subdirector
Este empleado tendrá en la Academia las facultades de un segundo Jefe, y reemplazará al Director en todas sus funciones, cuando este empleado se encuentre enfermo ó fuera de su jurisdicción militar.
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Vigilar la asistencia de los profesores anotando las faltas en un libro que llevará al efecto;
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Ayudará al Director á conservar el orden y el régimen interior del establecimiento;
-
Vigilará la instrucción militar sí así lo dispusiere el Ministerio de la Guerra.
Del Secretario
Las atribuciones de este empleado son las siguientes:
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Asistir tres horas diarias á la Secretaria para despachar la correspondencia y demás documentos que ordene el Director.
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Recibir de los profesores cada fin de mes, las listas de asistencia de los alumnos con sus calificaciones y faltas para anotarlas en un libro que llevará al efecto.
Del Cirujano
El Cirujano tiene la dirección y la responsabilidad inmediata del servicio sanitario de la Academia, así de la parte técnica como de la administrativa y disciplinaria.
Visitará diariamente el establecimiento.
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Acudirá luego que fuere llamado para asuntos del servicio.
-
Informará sobre las medidas higiénicas que deban adoptarse en la Academia.
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Mantendrá en perfecto estado de servicio el botiquín.
-
Dará todos los informes que el Director le pida, y
-
Ejecutará todos los trabajos que con relación á sus servicios le encomiende la dirección.
El Cirujano llevará los libros siguientes:
Un libro de movimiento de la enfermería.
Un libro de anotación de las medicinas recibidas y de las consumidas.
Un libro del régimen dietético á que ha sometido á los enfermos; anotaciones que comunicará al Ministerio de la Guerra cada vez que el caso se presente.
Un libro de registro nosológico de todas las enfermedades.
Un libro de registro de vacunados y no vacunados.
Un libro de inventario de útiles muebles del botiquín.
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