Decreto A. N. N°. 8400 - DECRETO DE CANCELACIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS DE CARAZO (ASDICA) Artículo 1 Objeto. Cancelase la Personalidad Jurídica de la Asociación Civil sin Fines de Lucro denominada ASOCIACIÓN DE DIABÉTICOS DE CARAZO (ASDICA); de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Jinotepe, Departamento de Carazo. El Departamento de Registro y Control del Ministerio de Gobernación, deberá proceder en un plazo no mayor de cuarenta y cinco días a la cancelación de la inscripción respectiva de la Asociación referida en este artículo sin costo alguno y pondrán en conocimiento a los representantes legales de ésta, para que estos procedan a la entrega de los documentos que la autoridad requiera. Art. 2 Destino de Bienes y acciones. Los bienes y acciones que pertenezcan a la Asociación tendrán, previa liquidación, el destino previsto en el Acto Constitutivo y en sus Estatutos. Si nada se...

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