Resolución, Derogación a la resolución cd-superintendencia-xlii-1-96

Publicada en La Gaceta No. 123 del 02 de Julio 2009

CONSIDERANDO

ÚNICO

Que para facilitar el desarrollo del Arrendamiento Financiero, es necesario que este servicio no sólo lo presten las entidades bancarias y financieras reguladas por la Ley N° 561 "Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financiero", sino también por personas o empresas particulares sin necesidad de ser autorizadas previamente por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, habida cuenta que los recursos financieros colocados en estas operaciones no provienen de la captación del público vía depósitos, sino de los propios particulares interesados; lo cual no justifica la autorización, regulación y fiscalización de parte de la Superintendencia de Bancos, sobre estas operaciones.

POR TANTO

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras en uso de sus facultades,

Ha Dictado la...

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