Decreto, Disolución de la corporación financiera de nicaragua (corfin)

DISOLUCIÓN DE LA CORPORACIÓN FINANCIERA DE NICARAGUA (CORFIN)

Decreto No. 28-92

de 08 de Mayo de 1992

Publicado en La Gaceta No. 94 de 19 de Mayo de 1992

El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de sus facultades,

Decreta:

Artículo 1

Derógase el Decreto No. 463 de "Creación de la Corporación Financiera de Nicaragua" (CORFIN), promulgado el 2 de Junio de 1980, y publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 153 del 7 del mismo mes y año.

En consecuencia, queda extinguida la personalidad jurídica del ente cuyo Decreto de creación se deroga, revirtiendo al dominio del Estado el patrimonio que éste le había proporcionado.

Artículo 2

Para los efectos del Arto. 99 Cn. in fine, se declara que el Sistema Financiero Nacional lo constituyen la banca comercial de propiedad pública, las empresas bancarias de inversión, las instituciones oficiales de crédito a la microempresa urbana y rural, y cualesquiera otras instituciones de crédito que también gozaren de la facultad de intermediar recursos para crédito comercial bancario, y que siendo totalmente de propiedad pública, el Estado llegare a organizarlas mediante las leyes de creación que para tal efecto se dictaren.

Artículo 3

Así mismo, se derogan:

a)

El Decreto No. 520 (reformatorio del Arto. 9 del Decreto No. 463), promulgado el 17 de Septiembre de 1980, y publicado en La Gaceta No. 217 del 22 del mismo mes y año;

b)

El Decreto No. 755 "Ley de Consolidación del Sistema Bancario-Financiero Nacional", promulgado el 4 de

Julio del 1981, y publicado en La Gaceta No. 154 del 13 del mismo mes y año;

c)

El Decreto No. 1175, (reformatorio del Arto.18 del Decreto No. 463), promulgado el 30 de Diciembre de 1982, y publicado en La Gaceta No. 15 del 19 de Enero de 1983.

d)

El Decreto No. 194, titulado "Consejos Directivos de los Bancos", promulgado el 23 de Mayo de 1986, y publicado en La Gaceta No. 105 del 24 del mismo mes y año.

Artículo 4

En relación al Decreto Ejecutivo No. 516, promulgado el 6 de abril de 1990, y publicado en La Gaceta No. 77 del 20 del mismo mes y año;

1o.

Se derogan:

a)

El Arto.1;

b)

En el Arto. 2 se suprime la frase "....según lo resuelva el Consejo Directivo de CORFIN para cada uno de los Bancos.....";

c)

Los párrafos primero y tercero del Arto. 3;

d)

Del Arto. 5, literal a) se...

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