Decreto, Estado de emergencia económica

ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA

DECRETO No. 32-2006, Aprobado el 03 de Mayo del 2006

Publicado en La Gaceta No. 86 del 04 de Mayo del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En la ciudad de Managua, Casa Presidencial, a las cuatro de la tarde del día tres de mayo de dos mil seis, reunidos en Consejo de Ministros los señores Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República, Julio Vega Pasquier, Ministro de Gobernación, Javier Williams Slate, Ministro de Relaciones Exteriores por la ley, Leandro Marín Abaunza, Ministro de Defensa por la Ley, Mario Flores Loaísiga, Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alejandro Argüello Choiseul, Ministro de Fomento, Industria y Comercio, Miguel Ángel García Gutiérrez, Ministro de Educación, Cultura y Deportes, Mario Salvo Horvilleur, Ministro Agropecuario y Forestal, Ariel López Parra, Ministro de Transporte e Infraestructura por la Ley, Margarita Gurdián López, Ministra de Salud, Virgilio Gurdián Castellón, Ministro del Trabajo, Cristóbal Sequeira, Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales, lvania Toruño Padilla, Ministra de la Familia, en presencia del señor Leonardo Somarriba, Secretario de la Presidencia, que autoriza.

EXPRESIÓN DE MOTIVOS EN QUE SE FUNDAMENTA EL PRESENTE DECRETO DE ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA

CONSIDERANDO

I

Que el artículo 60 de la Constitución Política establece que los nicaragüenses tienen derecho de habitar en un ambiente saludable, por lo que es obligación del Estado ejecutar acciones para la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y de los recursos naturales.

II

Que es atribución del Presidente de la República dirigir la economía del país determinando la política y el Programa Económico Social, de acuerdo al artículo 150, inciso 13 de la Constitución Política de Nicaragua y el artículo 102 de la Constitución Política dispone que los recursos naturales son patrimonio nacional y que la preservación del ambiente y la conservación, desarrollo y explotación racional de los recursos naturales corresponden al Estado, que como gestor del bien común tiene el deber de promover el desarrollo integral del país y garantizar los intereses y las necesidades de la población.

III

Que a pesar de las medidas adoptadas por el Instituto Nacional Forestal (INAFOR) en conjunto con el Ejército de Nicaragua, Policía Nacional, Procuraduría General de la República, Ministerio del Ambiente y Recursos...

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