Resolución, Norma sobre evaluación de los saldos en cuentas por cobrar de los almacenes generales de depósito

NORMA SOBRE EVALUACIÓN DE LOS SALDOS EN CUENTAS POR COBRAR DE LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO

Resolución N° CD-SIBOIF-557-1-OCT22-2008.

Aprobada el 22 de Octubre de 2008

Publicada en La Gaceta N° 229 del 1° de Diciembre de 2008

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras,

CONSIDERANDO

I

Que en los Almacenes Generales de Depósito los saldos en cuentas por cobrar constituyen una parte sustantiva de los activos que deben ser examinados para efectos de presentar la realidad financiera de estas instituciones,

II

Que con el propósito de fortalecer la supervisión de los Almacenes Generales de Depósito, en adelante referidos como "almacén" o "almacenes", es necesario desarrollar una norma en la cual se incorporen regulaciones para evaluar la calidad de los saldos mencionados en el considerando anterior,

III

Que con base en la facultad que le confiere el artÃculo 196 del TÃtulo IV, CapÃtulo I, del Decreto N° 828 Ley General de Bancos y de Otras Instituciones, del 4 de abril de 1963, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 102 del 10 de mayo de 1963, actualmente en vigencia conforme el artÃculo 174 de la Ley 561, Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros; y el artÃculo 2 párrafo cuarto, y artÃculo 3, numeral 13, de la Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, este último artÃculo reformado por la Ley 552 Ley de Reformas a la referida Ley 316,

En uso de sus facultades,

HA DICTADO,

CD-SIBOIF-557-1-OCT22-2008

La siguiente:

NORMA SOBRE EVALUACIÓN DE LOS SALDOS EN CUENTAS POR COBRAR DE LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO

CAPÍTULO I

OBJETO Y ALCANCE

Arto. 1 Objeto y alcance.- La presente norma tiene por objeto evaluar la calidad de los saldos en cuentas por cobrar de los Almacenes Generales de Depósito, sujetos a la supervisión de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, en adelante nominada como "Superintendencia".

CAPÍTULO II

RESPONSABILIDAD DE LA JUNTA DIRECTIVA

Arto. 2 Responsabilidad de la Junta Directiva.- La Junta Directiva del almacén es responsable de establecer los mecanismos, pautas, procedimientos y polÃticas orientadas a efectuar una gestión adecuada en la selección de clientes y en la administración y recuperación de la cartera en cuentas por cobrar. Tales procesos deben quedar explÃcitamente detallados en los manuales...

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