Ley de reforma y adiciones a la ley no. 443, ley de exploración y explotación de recursos geotérmicos

LEY DE REFORMA Y ADICIONES A LA LEY No. 443, LEY DE EXPLORACIÓN Y

EXPLOTACIÓN DE RECURSOS GEOTÉRMICOS

LEY No. 594, Aprobada el 02 de Agosto del 2006

Publicada en La Gaceta No. 173 del 05 de Septiembre del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que la Ley No. 443, LEY DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE RECURSOS GEOTÉRMICOS, fue aprobada en el año dos mil dos, con el objeto de permitir el desarrollo de la inversión nacional y extranjera en la generación de energía eléctrica con recursos Geotérmicos, teniendo como punto de partida un marco jurídico claro que permita ese impulso necesario para el crecimiento sostenido de la capacidad energética del Estado de Nicaragua, y que se integra con la legislación en materia de Promoción de Generación de Energía con Fuentes Renovables, la reforma a la ley de promoción del Sector Hidroeléctrico; sin embargo estos esfuerzos se ven obstaculizados por lo dispuesto en la Ley General del Medio Ambiente y las Declaratorias de áreas protegidas.

II

Que habiendo sido declaradas de interés nacional la generación de energía eléctrica con fuentes renovables y esa misma declaratoria de interés nacional se establece en las leyes particulares de geotermia y de recursos hídricos, es necesario solventar el obstáculo establecido en la Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y en las declaratorias de áreas protegidas, para poder explorar y explotar esos recursos naturales, siempre que cuente con un Permiso Ambiental aprobado por el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, dado que estos recursos deben de ser explotados de manera racional, aunque estén comprendidos dentro de las reservas, parques nacionales o áreas protegidas, por cuanto son actividades que su impacto ambiental es infinitamente inferior a lo que producen las plantas térmicas, inclusive tienen acceso a los CERTIFICADOS DE REDUCCIÓN DE EMISIONES que son las constancias que acreditan los beneficios ambientales de la reducción o el desplazamiento de gases con efecto invernadero.

III

Que en la Asamblea Nacional se presentó una iniciativa de Ley de Reforma al artículo 106 de la Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, con el objeto de permitir la exploración y explotación de los recursos naturales para generación eléctrica, la cual ha sido obstaculizada con la...

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