Decreto, Reglamento de funciones de la asesoría del ministerio de finanzas

REGLAMENTO DE FUNCIONES DE LA ASESORÌA DEL MINISTERIO DE FINANZAS

DECRETO No. 15-97,

Aprobado el 03 de Marzo de 1997

Publicado en La Gaceta No. 57 de 21 del Marzo de 1997

DECRETO No. 15-97

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO

I

Que la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos dispone en sus artos. 9 y 13 que corresponde a la asesoría del Ministerio de Finanzas (denominado anteriormente Ministerio de Hacienda y crédito Público), conocer y resolver los recursos de apelación que se interpongan contra las resoluciones del Director General de Ingresos relacionadas con los tributos que administra la Dirección General de Ingresos.

II

Que el Título IX del Decreto Complementario y Reglamentario de la anterior Ley de Impuesto sobre la Renta, contenido en el Decreto Ejecutivo No.7 del 10 de Marzo de 1953, fue dejado en vigencia por el Artículo 36 del Decreto Legislativo No. 662 del 25 de Noviembre de 1974, que contiene la Ley de Impuesto sobre la Renta vigente que sustituyó a la anterior Ley y su Decreto Complementario y Reglamentario.

III

Que la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos creó en su artículo 11 la Asesoría del Ministerio de Finanzas, sustituyendo a la Junta de Apelaciones que conforme el referido Título IX del Decreto No. 7 era competente para sustanciar los recursos de apelación contra las resoluciones del Director General de Ingresos, en la forma que el mismo Título IX establece.

IV

Que el Artículo 11 de la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos señala que la asesoría del Ministerio de Finanzas tendrá, además de las atribuciones que esa misma ley contempla, las que se determinen por medio de disposiciones reglamentarias.

V

Que mientras no se regulen adecuadamente en un Código Tributario los medios de impugnación de que pueden hacer uso los particulares ante los actos de las autoridades fiscales, es necesario delimitar las atribuciones de la asesoría del Ministerio de Finanzas.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO DE:

REGLAMENTO DE FUNCIONES DE LA ASESORÌA DEL MINISTERIO DE FINANZAS

Artículo 1

La asesoría del Ministerio de Finanzas es un tribunal administrativo colegiado, para conocer y sustanciar en segunda instancia los recursos de apelación contra las resoluciones dictadas por el Director General de Ingresos, en los casos y...

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