Ley que declara el día del trabajador doméstico

LEY QUE DECLARA EL DÍA DEL TRABAJADOR DOMÉSTICO

LEY No. 159,

Aprobado el 13 de Mayo de 1993

Publicada en La Gaceta No. 101 del 31 de mayo de 1993

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el trabajo doméstico es una fuente de empleo importante para miles de mujeres que contribuyen con el mismo al desarrollo de la familia Nicaragüense, sin embargo aún cuando su trabajo es vital para el desarrollo del núcleo fundamental de la sociedad, tienen mayores desventajas que los demás trabajadores, pues entre otros aspectos la mayoría carecen de protección ante la seguridad social y laboran sin recibir ningún reconocimiento social.

II

Que este importante sector plantea demandas que superen su actual situación, de las mismas unas deben ser abordadas al discutirse las normas que regulan el trabajo en nuestro país y otras pueden recibir respuestas inmediatas.

III

Que una de las reivindicaciones inmediatas del trabajador doméstico es que la sociedad en su conjunto les dedique un día al año para contribuir a la revalorización de su trabajo.

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

La Siguiente:

LEY QUE DECLARA EL DÍA DEL TRABAJADOR DOMÉSTICO

Artículo 1

Se declara el 10 de Diciembre de cada año, día del Trabajador Doméstico para contribuir al reconocimiento social que en justicia merecen dichos trabajadores que laboran con las familias nicaragüenses.

Artículo 2

Los Trabajadores Domésticos dispondrán de este día con goce de salario.

Artículo 3

La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, "Diario Oficial".

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la...

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