Ley No. 1201, Ley de Reforma a la Ley No. 977, Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA A sus habitantes, hace saber: Que, LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Ha ordenado lo siguiente: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, HA DICTADO La siguiente: LEY Nº 1201 LEY DE REFORMA A LA LEY Nº 977, LEY CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS, EL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO Y EL FINANCIAMIENTO A LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA ARTÍCULO PRIMERO. Reforma Se reforma el artículo 6, de la Ley Nº 977, Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, publicada en La Gaceta Diario Oficial Nº 138 del 20 de julio de 2018 y sus reformas; el que se leerá así: “ARTÍCULO 6. Consejo Nacional Anti-lavado de Activos, Contra el Financiamiento al Terrorismo y Contra el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (ALA/CFT/CFP) Créase el Consejo Nacional Anti-lavado de Activos, Contra el Financiamiento al Terrorismo y Contra el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (ALA/ CFT/CFP) el que en lo sucesivo se denominará el “Consejo”. El Consejo estará conformado de la siguiente manera: Coordinador General: Director de la Unidad de Análisis Financiero. Consejo de Coordinación: - Director de la Unidad de Análisis Financiero. - Superintendente de...

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