Resolución CD-SIBOIF-866-3-DIC3-2014, NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES CALIFICADORAS DE RIESGO

NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES CALIFICADORAS DE RIESGO

Resolución Nº CD-SIBOIF-866-3-DIC3-2014

De fecha 03 de diciembre de 2014

Publicada en La Gaceta No. 5 del 19 de Enero de 2015

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones financieras,

CONSIDERANDO

I

Que el artículo 170, párrafo segundo de la Ley de Mercado de Capitales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 222 del 15 de noviembre del 2006, establece que el capital social mínimo de las sociedades calificadoras de riesgo será establecido por el Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras mediante norma general al respecto.

II

Que mediante Resolución Nº CD-SIBOIF-579-2-ABRI-2009, de fecha primero de abril del 2009, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 89, del 15 de mayo del 2009, el Consejo Directivo de la Superintendencia aprobó la Norma sobre Sociedades Calificadoras de Riesgo, la cual en su artículo 5 establece que el capital social mínimo de las sociedades calificadoras de riesgo será de un millón doscientos mil córdobas (C$1,200,000.00). Asimismo, en dicho artículo se prevé que el Consejo Directivo podrá actualizar mediante norma de aplicación general, el monto del capital social por lo menos cada dos años en caso de variaciones cambiarias de la moneda nacional.

III

Que mediante Resolución Nº CD-SIBOIF-712-3-ENE25-2012, de fecha 25 de enero de 2012, se actualizó por última vez el capital social mínimo requerido para las sociedades calificadoras de riesgo, en un millón cuatrocientos mil córdobas (C$1,400,000.00).IV

Que de acuerdo a las consideraciones antes expuestas y con base en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR