Resolución CD-SIBOIF-697-2-OCTU12-2011, NORMA DE REFORMA AL ARTÍCULO 1 DE LA NORMA QUE REGULA LAS OPERACIONES DE FIDEICOMISO REALIZADAS POR INSTITUCIONES FINANCIERAS

NORMA DE REFORMA AL ARTÍCULO 1 DE LA NORMA QUE REGULA LAS OPERACIONES DE FIDEICOMISO REALIZADAS POR INSTITUCIONES FINANCIERAS

Resolución N° CD-SIBOIF-697-2-OCTU12-2011, aprobada el 12 de Octubre de 2011

Publicada en La Gaceta No.242, del 22 de Diciembre de 2011

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras.

CONSIDERANDO

l

Que el artículo 62, literal b) de la Ley No. 741, Ley sobre el Contrato de Fideicomiso, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 11 del 19 de enero de 2011, mandata a este Consejo Directivo a dictar normas carácter general para regular las operaciones de fideicomiso realizadas por instituciones financieras autorizadas y supervisadas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras.

ll

Que el artículo 54 de la Ley No 561, Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros, publicada en la Gaceta No. 232, del 30 de Noviembre del 2005, establece que todos los bancos podrán actuar como fiduciarios de fideicomisos que se constituyeren en virtud de leyes especiales, siempre que en estas operaciones el banco no se comprometa a pagar rendimientos fijos o determinados ni a efectuar la devolución íntegra del capital fideicometido.

lll

Que de acuerdo a las consideraciones antes expuestas y con base a lo establecido en el artículo 4 y artículo 10, numeral 1), de la Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, y sus reformas.

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

La siguiente,

Resolución N° CD-SIBOIF-697-2-OCTU12-2011NORMA DE REFORMA AL ARTÍCULO 1 DE LA NORMA QUE REGULA LAS OPERACIONES DE FIDEICOMISO REALIZADAS POR INSTITUCIONES FINANCIERAS

PRIMERO: Refórmese el artículo 1 de la Norma que Regula las Operaciones de Fideicomiso realizadas por Instituciones Financieras, contenida en Resolución N° CD-SIBOIF-677-2-MAY16-2011, del 16 de mayo de 2011, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 131, del 14 de julio de 2011, el cual deberá leerse así:

Artículo 1 Conceptos.- Para la aplicación de la presente Norma, los conceptos indicados en el presente artículo, tanto en mayúsculas como en minúsculas, singular o plural, tendrán los significados siguientes:
  1. Fideicomiso: De acuerdo a la Ley 741...

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