Resolución CD-SIBOIF-676-2-MAY11-2011, NORMA SOBRE FINANCIAMIENTOS OTORGADOS POR LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO Y BIENES QUE ADQUIERAN EN RECUPERACIÓN
NORMA SOBRE FINANCIAMIENTOS OTORGADOS POR LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO Y BIENES QUE ADQUIERAN EN RECUPERACIÓN
Resolución N° CD-SIBOIF-676-2-MAY11-2011, Aprobada el 11 de Mayo de 2011
Publicada en La Gaceta No. 131 del 14 de Julio del 2011
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras,
CONSIDERANDO
IQue conforme al artículo 51 da la Ley 734, Ley de Almacenes Generales de Depósito, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, Números 201 y 202, del 21 y 22 de octubre del 2010, respectivamente, (Ley de Almacenes); los Almacenes Generales de Depósito que opten otorgar financiamientos deberán garantizarlos con bienes o mercaderías almacenadas en bodegas de su propiedad o recibidas en arriendo que administran directamente, amparados en la emisión de certificados de depósitos y bonos de prenda, o créditos sin bonos de prenda.
IIQue el referido artículo faculta al Consejo Directivo de la Superintendencia a establecer mediante norma de carácter general, las condiciones y límites de las operaciones de financiamiento.
IIIQue con base en la facultad que le confieren los artículos 2 y 139 de la Ley 734, Ley de Almacenes Generales de Depósito y el artículo 2, párrafo cuarto, y artículo 3, numeral 13, de la Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, y sus reformas.En uso de sus facultades,
HA DICTADO,
La siguiente:
Resolución N° CD-SIBOIF-676-2-MAY11-2011
NORMA SOBRE FINANCIAMIENTOS OTORGADOS POR LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO Y BIENES QUE ADQUIERAN EN RECUPERACION
OBJETO Y ALCANCE
Arto. 1 Objeto y alcance.- La presente norma tiene por objeto regular los financiamientos otorgados por los Almacenes Generales de Depósito a sus depositantes de bienes o mercaderías; así como, los bienes adquiridos en recuperación por parte de dichos almacenes.
RESPONSABILIDADES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Arto. 2 Responsabilidad de la junta directiva.- La Junta Directiva del almacén es responsable de establecer los mecanismos, pautas, procedimientos y políticas orientadas a efectuar una gestión adecuada de la administración de los financiamientos otorgados. Estas medidas deberán incluir, entre otros aspectos, los siguientes:
-
Los criterios para la concesión de los tipos de financiamiento, así como los límites globales de los riesgos que se vayan a asumir para cada uno de ellos, y los requisitos que deben cumplir los clientes
-
Los requisitos mínimos de análisis y documentación que deberán reunir previo a otorgar o renovar el financiamiento, y durante su vigencia.
-
La política general de precios a aplicar.
-
Las responsabilidades y facultades delegadas de los diferentes órganos y personas encargadas del otorgamiento, formalización, seguimiento, valoración y control de las operaciones.
-
Asegurar que los órganos de administración y control implementen y ejecuten las disposiciones emanadas por la Junta Directiva, así como las disposiciones establecidas en la presente norma.
-
Revisar las políticas crediticias por lo menos una vez al año.
CRÉDITOS DOCUMENTADOS Y CRÉDITOS CON BONOS DE PRENDA
Arto. 3 Créditos Documentados.- Son créditos comerciales sin Bonos de Prenda los otorgados por los almacenes a personas naturales o jurídicas, para financiar...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba