Resolución CD-SIBOIF-847-2-AGOST8-2014, NORMA DE REFORMA AL ARTÍCULO 39 DE LA NORMA SOBRE OFERTA PÚBLICA DE VALORES EN MERCADO PRIMARIO

NORMA DE REFORMA AL ARTÍCULO 39 DE LA NORMA SOBRE OFERTA PÚBLICA DE VALORES EN MERCADO PRIMARIO

Resolución N° CD-SIBOIF-847-2-AGOST8-2014

De fecha 08 de agosto de 2014

Publicada en La Gaceta No. 178 del 22 de Septiembre de 2014

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, CONSIDERANDO

I

Que con fecha 7 de septiembre de 2011, este Consejo Directivo aprobó la Norma sobre Oferta Pública de Valores en Mercado Primario, contenida en Resolución No. CD-SIBOIF-692-1SEP7-2011, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 210 del 07 de noviembre de 2011 ; misma que en su artículo 39 regula los mecanismos de colocación de las emisiones de valores objeto de oferta pública.

II

Que resulta necesario ampliar las disposiciones del artículo 39 de la precitada norma, con el fin de precisar los mecanismos de colocación de las participaciones de los fondos de inversión, abiertos o cerrados, estableciéndose que dichas participaciones podrán ser colocadas directamente por medio de ventanilla en las Sociedades Administradoras de dichos fondos, conforme a lo establecido en los artículos 89 y 91 de la Ley de Mercado de Capitales.

III

Que de acuerdo a l artículo 6 , literal b ) y artículo 208, de la Ley de Mercado de Capitales, es facultad del Consejo Directivo de la Superintendencia dictar normas generales tendentes a regular el funcionamiento del mercado de valores.

IV

Que la propuesta de Reforma al artículo 39 de la Norma sobre Oferta Pública de Valores en Mercado Primario, fue aprobado en sesión 844 del 23 de julio del corriente año, no obstante esta norma reformatoria está vinculada con la Norma sobre Sociedades Administradoras y Fondos de Inversión, y con la Norma sobre Requisitos Mínimos de los Prospectos de Fondos de Inversión, ha manera didacta se incorpora la Norma reformatoria en la presente acta. En uso de sus facultades,

HA DICTADO

La siguiente:

Resolución N° CD-SIBOIF-847-2-AGOST8-2014 NORMA DE REFORMA AL ARTÍCULO 39 DE LA NORMA SOBRE OFERTA PÚBLICA DE VALORES EN MERCADO PRIMARIO

PRIMERO: Refórmese el artículo 39 de la Norma sobre Oferta Pública de Valores en Mercado Primario, contenida en Resolución Nº CD-SIBOIF-692-1 -SEP7-2011, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 210 del 07 de noviembre de 2011 , el que se leerá así: "Artículo 39. Mecanismos de colocación.- Las emisiones de valores objeto de oferta pública deberán ser colocadas...

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