Decreto 13-2012, PRÓRROGA DEL PLAZO PARA QUE LA DIRECCIÓN DE TITULACIÓN DE LA INTENDENCIA DE LA PROPIEDAD DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, CONTINÚE DESARROLLANDO EL PROCESO DE TITULACIÓN URBANA EN LA CIUDAD DE MANAGUA Y DEMÁS CIUDADES DEL PAÍS, A LOS BENEFICIARIOS DE LA LEY NO 86 “LEY ESPECIAL DE LEGALIZACIÓN DE VIVIENDAS Y TERRENOS”

PRÓRROGA DEL PLAZO PARA QUE LA DIRECCIÓN DE TITULACIÓN DE LA INTENDENCIA DE LA PROPIEDAD DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, CONTINÚE DESARROLLANDO EL PROCESO DE TITULACIÓN URBANA EN LA CIUDAD DE MANAGUA Y DEMÁS CIUDADES DEL PAÍS, A LOS BENEFICIARIOS DE LA LEY No 86 “LEY ESPECIAL DE LEGALIZACIÓN DE VIVIENDAS Y TERRENOS”

DECRETO No 13-2012, Aprobado el 13 de Abril del 2012

Publicado en La Gaceta No 74 del 24 de Abril del 2012

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional

Unida Nicaragua Triunfa

El Presidente de la República

Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO

IQue la Asamblea Nacional mediante la Ley No. 278 “Ley sobre Propiedad Reformada Urbana y Agraria”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 239 del 16 de diciembre de 1997, estableció en su artículo 13, el plazo para realizar la titulación de lotes urbanos a los beneficiarios de la Ley No. 86 “Ley Especial de Legalización de Viviendas y Terrenos”, publicada en La Gaceta No. 66 del 3 de abril de 1990, y que puede ser objeto de prórroga mediante Decreto del Poder Ejecutivo.

IIQue para seguir avanzando en el proceso de titulación urbana establecido en el Decreto No. 39-94, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 176 del 22 de septiembre de 1994, se han prorrogado los plazos para el proceso de titulación urbana en la ciudad de Managua y demás ciudades del país, mediante los Decretos Ejecutivos No. 86-2004, que prorrogó el plazo hasta el 28 de febrero de 2007; Decreto publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 160 del 17 de agosto de 2004, y Decreto No. 56-2007, que prorrogó el plazo hasta el 29 de febrero de 2012, Decreto publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 119 del 25 de junio de 2007.

IIIQue habiéndose cumplido el plazo establecido en el Decreto No. 56-2007, es necesario continuar con el proceso de titulación urbana, para lo cual es preciso extender el período de funcionamiento de la Dirección de Titulación de la Intendencia de la Propiedad de la Procuraduría General de la República.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

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