Resolución, Aprobar los principios generales para la administración de donaciones de alimentos e insumos agropecuarios, en el marco de la union aduanera centroamericana

APROBAR LOS PRINCIPIOS GENERALES PARA LA ADMINISTRACIÓN DE DONACIONES DE ALIMENTOS E INSUMOS AGROPECUARIOS, EN EL MARCO DE LA UNION ADUANERA CENTROAMERICANA

RESOLUCIÓN No. 145-2005 (COMIECO-XXXII)

, Aprobada el 25 de Septiembre del 2005

Publicada en La Gaceta No. 125 del 28 de Junio del 2006

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACION ECONOMICA

CONSIDERANDO

Que los Estados Parte, están decididos a alcanzar una Unión Aduanera entre sus territorios que permita la libre circulación de bienes, independientemente del origen de los mismos, previa nacionalización en cualquiera de los Estados Parte de los procedentes de terceros países;

Que uno de los elementos esenciales de la Unión Aduanera es la ejecución de una política comercial común que no distorsione los mercados nacionales, así como la aplicación de normas comunes de comercio, tanto a lo interno como en lo externo;

Que las donaciones de alimentos e insumos agropecuarios que reciben los Estados Parte, pueden tener efectos distorsionadores en el comercio intrarregional, por lo que es necesario adoptar pautas regionales que sirvan de guía a los funcionarios públicos en la administración de las mismas, sin menoscabo de la legislación nacional en casos de catástrofes o desastres naturales;

Que es necesario garantizar las políticas y procedimientos nacionales para la administración de las donaciones, de tal manera que sean transparentes, oportunas y respondan a las necesidades de los Estados Parte, sin perjuicio del cumplimiento de las regulaciones pertinentes.

POR TANTO

Con fundamento en los artículos 5, 11, 15, 21, 22, 36, 37, 38, y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-; y, 6, 7, 17 y 18 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano,

RESUELVE

  1. Aprobar los PRINCIPIOS GENERALES PARA LA ADMINISTRACIÓN DE DONACIONES DE ALIMENTOS E INSUMOS AGROPECUARIOS, EN EL MARCO DE LA UNION ADUANERA CENTROAMERICANA, en la forma que aparece en el Anexo de esta Resolución que forma parte integrante de la misma.

  2. La presente Resolución entrará en vigencia treinta días después de la presente fecha y será publicada por los Estados Parte.

Managua, Nicaragua 26 de septiembre de 2005. -

Doris Osterlof Obregón

Viceministra, en representación del Ministro de Comercio Exterior de Costa Rica. -

Yolanda Mayora de Gavidia

, Ministra de Economía de El Salvador. -

Marcio Cuevas Quezada

, Ministro de Economía de Guatemala. -

Melvin Redondo

, Viceministro, en...

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