Decreto, Promesa a la bandera

PROMESA A LA BANDERA

Decreto No. 50-90

de 7 de septiembre 1990

Publicado en La Gaceta No. 181 de 21 de septiembre de 1990

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Considerando:

I

Que la Bandera Encarna los ideales, los esfuerzos y las realidades del presente, así como las aspiraciones y esperanzas del porvenir. Representa a la Nicaragua de Todos. Es la encarnación misma de la Patria, a la cual debemos venerar y amar por igual, sin distingos de partidos, creencia o ideologías.

II

Que la promesa a la Bandera sintetiza ese sentimiento eminentemente patriótico y nacional, dentro del cual no tiene cabida ningún concepto partidario que pueda menoscabar en forma alguna la manifestación soberana de lealtad a ese símbolo patrio que comprende a todos los nicaragüenses.

Por tanto:

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

Decreta:

Artículo 1

Se deroga el Decreto Ejecutivo número sesenta y seis del trece de Septiembre de mil novecientos setenta y nueve, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial número catorce del veinte de Septiembre de ese mismo año.

Artículo 2

La Promesa a la Bandera se efectuará de la siguiente manera: El funcionario encargado, con la sano derecha levantada hasta la altura de la cabeza, con voz clara dirá precisamente las siguientes palabras:

"Prometéis solemnemente ante Dios, la Patria y Mártires Héroes Nacionales, por vuestro honor y dignidad ciudadana, respetar, honrar y defender nuestra bandera azul y blanco, símbolo de nuestra independencia, libertad y soberanía".

Todos los promitentes, levantando la sano derecha hasta la altura de...

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