Proyecto Nº 20075163. Declaracion de las naciones unidas sobre los derechos de los pueblos indigenas.

Número de Iniciativa20075163
Año2007
Autor de la iniciativa[Brooklyn Rivera Bryan, Víctor Manuel Duarte Arosteguí]
EstatusArchivo
Tipo de proyectoDeclaraciones
                              Año 2007, Managua 30 de Octubre



    Ingeniero
    RENE NUÑEZ TELLEZ
    Presidente
    Asamblea Nacional
    Su Despacho


    Estimado Ingeniero Núñez:


    Los suscritos Diputados miembros de la Comisión de Asuntos Étnicos, Regimenes Autonómicos y Comunidades Indígenas de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua en uso de las facultades que la Constitución Política y nuestra Ley Orgánica nos confieren tomando en consideración que el trece de Septiembre del corriente año la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la “DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS” documento importante que constituye un paso relevante para el reconocimiento, promoción y protección de los derechos y las libertades de los Pueblos Indígenas del mundo, proponemos la presente DECLARACION para su aprobación por el Honorable Plenario pidiendo a Usted le dé a la misma el tramite de Ley correspondiente.


    Atentamente




    ___________________________ _____________________________
    DIP. BROOKLYN RIVERA B DIP. VICTOR DUARTE A.
    Presidente Vicepresidente




    ____________________________ _____________________________
    DIP. JOSE RAMON VILLAGRA DIP. JUAN MANUEL GONZALEZ
    Vicepresidente Miembro










    __________________________ ____________________________
    DIP. LORIA RAQUEL DIXON DIP. AUGUSTO VALLE C.
    Miembro Miembro




    _____________________________ _________________________
    DIP. JOSE ESCOBAR THOMPSON DIP. FRANCISCO SACASA
    Miembro Miembro



    ______________________________
    DIP. FRANCISCO JARQUIN
    Miembro


    CC: Arch.


























    LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

    C O N S I D E R A N D O


    PRIMERO: Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 71 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, la Comisión de Asuntos Étnicos, Regímenes Autonómicos y Comunidades Indígenas es el órgano de la Asamblea, encargado del fomento y desarrollo de las políticas publicas para protección de las comunidades indígenas, por lo que corresponde a esta Comisión impulsar acuerdos legislativos relativos a los asuntos indígenas que se diluciden en el Plenario.

    SEGUNDO: Que el trece de Septiembre del año dos mil siete, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, un documento que constituye un nuevo paso relevante para el reconocimiento, la promoción y la protección de...

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