Proyecto Nº 20085364. Ley de reforma a la ley 40, ley de municipios para hacer efectiva la participación ciudadana en la formulación presupuestaria local

Año2008
Número de Iniciativa20085364
EstatusArchivo
Autor de la iniciativa[Agustín Armando Jarquín Anaya, Edwin Ramón Castro Rivera]
Tipo de proyectoLey








Managua, 7 de marzo de 2008

      Doctor

      Wilfredo Navarro Moreira

      Primer Secretario

      Asamblea Nacional

      Su Despacho

      Estimado Doctor Navarro:

      Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, en uso de las facultades que me otorga el Artículo 138 numeral 3 y el artículo 140 numeral 1, de la Constitución Política de la República de Nicaragua y del artículo 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, presento la Iniciativa denominada “Ley de Reforma a la Ley 40, Ley de Municipios para Hacer Efectiva la Participación Ciudadana en la Formulación Presupuestaria Local", con su correspondiente Exposición de Motivos y Fundamentación.

      Solicitamos que se le dé a esta Iniciativa de Ley el correspondiente trámite, que se envíe a la Comisión respectiva para su Dictamen y su posterior aprobación por el Honorable Plenario de esta Asamblea Nacional.

      Agradeciendo de antemano su amable atención, le saludamos.

      Atentamente.


      Agustín Jarquín Anaya Edwin Castro Rivera

      CC: Archivo.


      EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

      Diputado

      Ing. René Núñez Téllez

      Presidente

      Asamblea Nacional

      Su despacho.

      Los suscritos Diputados ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política y Artículos 14 inciso 2, 90 y 91 de la Ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos la Iniciativa de Ley denominada "Ley de Reforma a la Ley 40, Ley de Municipios, para Hacer Efectiva la Participación Ciudadana en la Formulación Presupuestaria".la que tiene suficiente justificación política y social así como el necesario asidero jurídico, en correspondencia con el marco constitucional, siendo necesario que para el perfeccionamiento de nuestro sistema democrático este Poder del Estado la tome en cuenta, dándole el tramite correspondiente.



      Las principales razones y justificación que nos ha impulsado a proponer esta iniciativa de ley son las siguientes:

      1. Esta reforma a la Ley de Municipios resulta imperiosa por la necesidad de dar efectiva participación a los ciudadanos, en el ‘Proceso de Elaboración del Presupuesto Municipal’, que constituye la PRINCIPAL HERRAMIENTA DE GERENCIA PUBLICA A NIVEL LOCAL.

      2. Como pueblo soberano, dueño de la cosa pública y efectivo protagonista en la construcción del desarrollo de su comunidad, -tal como lo establece nuestra Constitución Política y demás leyes de la República-, la ciudadanía debe de participar de manera eficaz y eficiente en la administración nacional y local, y los funcionarios nacionales, regionales y locales, así como nuestro ordenamiento jurídico, deben de facilitar esa efectiva participación.

      3. Que es un sentimiento generalizado en la población de todos los municipios, que no realizan una participación efectiva en la elaboración del Presupuesto Anual de su Municipalidad que incorpore las necesidades más sentidas de la comunidad, a pesar de que cada año se efectúan dos Cabildos Municipales Ordinarios: El primero de ellos antes de que el Concejo Municipal apruebe definitivamente el Presupuesto –pero cuando ya está elaborado y “cuadrado” el Proyecto presupuestario sin ninguna participación de la gente-, y el segundo, en los meses de Enero o Febrero de cada año, para informar sobre la ejecución del ejercicio presupuestario inmediato anterior. Ambos Cabildos resultan ineficaces en incorporar el sentir ciudadano.

      4. Que, por lo tanto, se debe reformar la legislación pertinente con el fin de mejorar la participación de los ciudadanos y las ciudadanas en la administración pública general y de manera específica, en la formulación, la aprobación, y la fiscalización de la gestión presupuestaria tanto en el nivel nacional, como en el regional y local.

      FUNDAMENTACIÓN

      Nuestra Carta Magna, en su Arto. 7-Cn. define de manera categórica que “Nicaragua es una República Democrática, Participativa y Representativa”, y más específicamente los Artos 50-Cn y 52-Cn manifiestan respectivamente que Los ciudadanos tienen derecho de participar en igualdad de condiciones en los asuntos públicos y en la gestión estatal. Por medio de la ley se garantizará, nacional y localmente, la participación efectiva del pueblo”, y que “Los ciudadanos tienen derecho de hacer peticiones, denunciar anomalías y hacer críticas constructivas, en forma individual o colectiva, a los Poderes del Estado o cualquier autoridad;…”.

      Así mismo, el Arto. 101 Cn. Expresa que “Los trabajadores y demás sectores productivos –que viven y laboran en nuestros municipios- tienen ...

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