Proyecto Nº 20085385. Decreto que garantiza las elecciones municipales 2008 en todo el territorio nacional en atención especial a los municipios de puerto cabezas (BILWI), waspan y prinzapolka de la región autónoma del atlántico norte(RAAN)

Número de Iniciativa20085385
Año2008
EstatusArchivo
Tipo de proyectoDecreto
Autor de la iniciativaMáximino Rodríguez Martínez
4


                              Managua, 08 de Marzo del año 2008.






Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina


Doctor Navarro:

En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional, le remito el Proyecto de Decreto que garantiza las elecciones Municipales 2008 en todo el territorio nacional en atención especial a los Municipios de Puerto Cabezas (Bilwi), Waspan y Prinzapolka de la Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN), para que por su digno medio sea presentada ante el Plenario de la Asamblea Nacional y de conformidad con el Artículo 90 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo se le brinde el trámite de ley.

Adjunto al presente las copias correspondientes, archivo electrónico, así como propuesta de Proyecto de Decreto y Exposición de Motivos.

Atentamente,





MAXIMINO RODRÍGUEZ MARTINEZ
DIPUTADO
PLC












                              Managua, 08 de Abril del año 2008.

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Arto.140 Inc.1 de la Constitución de la República de Nicaragua y en los Artos.14 Inc.1 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, estoy presentando el Proyecto de Decreto que garantiza las elecciones Municipales 2008 en todo el territorio nacional en atención especial a los Municipios de Puerto Cabezas (Bilwi), Waspan y Prinzapolka de la Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN).

De acuerdo a lo establecido en nuestra Carta Magna y la Ley Electoral, los magistrados del Consejo Supremo Electoral no tienen facultad de suspender las elecciones municipales en determinado sector del país sin previa aprobación de una Reforma a la Ley Electoral por parte de la Asamblea Nacional, por tanto la Resolución emitida por ese Poder del Estado postergando hasta el ultimo domingo del mes de Abril del año 2009 las elecciones municipales en los Municipios de Prinzapolka, Waspan y Puerto Cabezas (Bilwi), los tres de la Región Autónoma del Atlántico Norte de Nicaragua sin la previa aprobación de reforma a la Ley Electoral en ese sentido es violatoria a los derechos constitucionales políticos de los pobladores de esos municipios, de igual manera dicha resolución violenta las competencias constitucionales de la Asamblea Nacional.
FUNDAMENTACION:

Este proyecto de ley tiene su fundamento en las siguientes disposiciones constitucionales y legales:

§ Art. 138 Inc.1 de la Constitución Política de Nicaragua establece la facultad de la Asamblea Nacional de Elaborar y aprobar las leyes y decretos, así como reformar y derogar los existentes.

§ Art.141 párrafo 10 establece que las leyes se derogan o se reforman por otras leyes.

§ Art.195 de la Constitución Política y el Título Cuarto de la Ley Orgánica del Poder Legislativo se refieren al Procedimiento de Reforma a las Leyes Constitucionales (la Ley Electoral es de Rango Constitucional) así lo dice el Art.184 de la misma Constitución.
§ Art.48 de nuestra Carta Magna establece la igualdad incondicional de todos los nicaragüenses en el
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