Proyecto Nº 20085716. Ley de reforma a la ley no. 152 ley de identificacion ciudadana

Número de Iniciativa20085716
Año2008
EstatusArchivo
Tipo de proyectoLey
Autor de la iniciativa[Carlos Wilfredo Navarro Moreira, Víctor Manuel Duarte Arosteguí]


ASAMBLEA NACIONAL
5






Managua, 17 de Noviembre del 2008




SECRETARÍA
Asamblea Nacional

Estimado Señor Secretario:

En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en base al artículo 140 numeral 1 Cn. y los artículos 14 inciso 2 y 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento ante esta Secretaría, en base al artículo 90 de la misma Ley, la siguiente Iniciativa de “Ley de Reforma a la Ley No. 152 Ley de Identificación Ciudadana”, para que se le dé el trámite debido.

Sin más a que referirme, me suscribo.


Siempre más allá,






WILFREDO NAVARRO MOREIRA VÍCTOR DUARTE AROSTEGUI
DIPUTADO DIPUTADO

Exposición de Motivos



Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Ingeniero Núñez:

Los suscritos Diputados Propietarios ante la Asamblea Nacional, de conformidad al artículo 140 numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y a los artículos 14 numeral 2 y 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la siguiente Iniciativa de “Ley de Reforma a la Ley No. 152 Ley de Identificación Ciudadana”.

La Ley No. 152, Ley de Identificación Ciudadana, establece que la Cédula de Identidad Ciudadana es el documento público que identifica a los ciudadanos para el ejercicio del sufragio y para los demás actos que determinen las leyes de la República. Los nicaragüenses con dieciséis años cumplidos tienen el derecho y el deber de obtener su Cédula de Identidad, previa solicitud ya sea en el país como en los consulados generales de la jurisdicción correspondiente cuando no residen en Nicaragua; y el estado la obligación de otorgarlas. La presentación de la Cédula de Identidad Ciudadana es indispensable para todos los trámites legales como ejercer el voto, tomar posesión de cargos públicos; celebrar contratos de trabajo; obtener o renovar pasaporte, licencia de conducir, carné del seguro social, cédula del registro único del contribuyente y cualquier otro documento de esta naturaleza; recibir pagos o giros del Estado, de los municipios o de instituciones autónomas; realizar operaciones bancarias; contraer matrimonio civil, matricular a los hijos o pupilos en escuelas y/o colegios públicos o privados; iniciar acción judicial y realizar cualquier otra gestión ante los tribunales de justicia y demás organismos estatales, regionales y municipales; entre otros.

Desde que inició el proceso de cedulación, cada año, el Consejo Supremo Electoral debe emitir miles de nuevas cedulas para jóvenes con 16 años cumplidos, también emite nuevamente cédulas a solicitud de ciudadanos a quienes ya se les había otorgado pero que se les ha extraviado o le fueron robadas a ciudadanos víctimas de la delincuencia, lo que se calcula en más de 100,000 cédulas elaboradas anualmente.

La importancia que tiene este documento y las limitaciones que los ciudadanos tienen al no tener su cédula de identidad aumenta la presión de los mismos para obtenerla o reponerla. Son muchas las quejas que a diario conocemos directamente de la población y por los medios de comunicación sobre la insatisfacción que existe por el incumplimiento en la emisión y entrega de dicho documento por parte del Consejo Supremo Electoral, éstas cada día aumentan. La ciudadanía afectada se manifiesta
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR